Condenado el comprador de una casa embargada por cortar la luz y el agua a una anciana de 88 años para expulsarla



ALMERÍA HOY / 05·10·2026

Un caso de coacciones a una persona vulnerable en pleno proceso de desahucio ha concluido con condena en Roquetas de Mar. La plaza número 5 del Tribunal de Instancia de la localidad ha interpuesto una pena de multa al nuevo propietario de una vivienda —adquirida tras una subasta por embargo— por haber interrumpido los suministros de electricidad y agua a la anterior dueña, una mujer de 88 años, con el objetivo de forzar su desalojo sin esperar al mandato judicial.

El fallo se ha alcanzado tras un acuerdo de conformidad en el que el acusado, V. M. P. G., reconoció formalmente los hechos. La pena fijada contempla una multa de 14 meses con una cuota diaria de 7 euros (que asciende a un total de 2 940 euros), además de la obligación de asumir las costas del proceso.

La víctima, I. R. L. L., vivía sola en el inmueble tras haber perdido la propiedad por no poder afrontar la hipoteca que llevaba 25 años abonando. A la espera de que la autoridad judicial fijara la fecha de lanzamiento para la ejecución del embargo, la anciana permanecía en la vivienda manteniendo al día el pago de todos los recibos de luz y agua. Pese a ello, el comprador gestionó con las compañías suministradoras el corte de ambos servicios en pleno mes de agosto para obligarla a marcharse, si bien las prestaciones tuvieron que ser restituidas posteriormente por orden del juzgado.

Este procedimiento ha servido además para que el titular de la plaza número 5 del tribunal roquetero, el magistrado Claudio García Vidales, lance una advertencia pública frente a las medidas coercitivas empleadas por algunos propietarios. El juez aclaró que se está incurriendo en una interpretación errónea de una reciente doctrina del Tribunal Supremo que avala la interrupción de suministros únicamente en casos de ocupación ilegal estricta. El tribunal enfatiza que la jurisprudencia distingue claramente entre la figura del «okupa» y la de los inquilinos o antiguos propietarios que atraviesan situaciones de impago coyuntural o procesos de ejecución incoados, sobre los cuales está tajantemente prohibido ejercer este tipo de presiones.