El subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, y el jefe provincial de Tráfico, José María Méndez, han dado a conocer los detalles de la reforma del Reglamento General de Circulación. Esta actualización legislativa busca blindar la protección de los usuarios vulnerables en la vía pública, con especial foco en peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal (VMP).
Durante la presentación, Martín destacó que la irrupción del patinete eléctrico en los entornos urbanos exigía una respuesta normativa ajustada a las necesidades actuales. Según indicó el subdelegado, el propósito fundamental de esta modificación es situar la seguridad vial de los ciudadanos en el centro de las políticas públicas, recordando que la precaución compartida resulta vital para evitar accidentes.
Por su parte, el jefe provincial de Tráfico aclaró el calendario de aplicación de las distintas medidas. La entrada en vigor del grueso de la reforma está fijada para el 1 de octubre de 2026. No obstante, ciertos requerimientos específicos, como la obligación de circular con el alumbrado encendido en los VMP o la exigencia de cascos homologados para ciclomotores, contarán con un margen de adaptación hasta el 1 de octubre de 2027.
La modificación, aprobada previamente en Consejo de Ministros, responde a una evolución en la concepción del tráfico urbano registrada durante las últimas dos décadas. El nuevo texto incorpora de forma explícita la figura del "usuario vulnerable" e introduce un título específico orientado a regular la convivencia en las calles de los municipios.
Regulación de patinetes eléctricos y VMP
La normativa fija en 15 años la edad mínima para manejar un patinete eléctrico. Se establece la obligatoriedad de llevar casco de protección y chaleco reflectante en horario nocturno o con baja visibilidad, exigencia que se extiende a todo el horario laboral en el caso de los repartidores y profesionales. El incumplimiento de estas medidas supondrá una infracción grave sancionada con 200 euros. Asimismo, estos vehículos deberán mantener encendido el alumbrado permanentemente y se habilita su tránsito por vías ciclistas fuera de poblado.
Medidas para ciclistas
En el ámbito de la bicicleta, se eliminan las excepciones previas y se impone el uso del casco en todas las vías interurbanas, medida que se acompaña de la obligación de casco y chaleco obligatorio permanente para los repartidores. Para proteger a los ciclistas durante los adelantamientos fuera de ciudad, los conductores de vehículos a motor deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y cambiar completamente de carril en calzadas de más de un carril por sentido, manteniendo la distancia de 1,5 metros.
En zona urbana, los ciclistas circularán prioritariamente por la parte central del carril y los coches deberán guardar una separación mínima de 5 metros cuando circulen tras una bicicleta. Igualmente, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación en ambos sentidos en calles de carril único limitadas a 30 km/h.
Gafas, guantes y equipamiento para motoristas
El reglamento introduce la obligatoriedad de llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía tanto para conductores como para acompañantes de motocicletas y ciclomotores, bajo penalización de 200 euros en caso de infracción. Los cascos para ciclomotores deberán contar obligatoriamente con homologación oficial.
Como novedad, se autoriza a las motocicletas a transitar por el arcén derecho en situaciones de retención o tráfico denso, a una velocidad máxima de 30 km/h y previa señalización de la vía. Los repartidores en motocicleta deberán portar también chaleco reflectante de forma continuada.
Eliminación de exenciones en cinturones y socorro en carretera
Se suprimen de forma definitiva las exenciones del cinturón de seguridad de las que disfrutaban taxistas, distribuidores de mercancías y profesores de autoescuela durante el ejercicio de su labor, manteniéndose únicamente la salvedad para el personal sanitario en el interior de ambulancias en servicio de urgencia.
Respecto a la circulación en carretera, los vehículos que rebasen a otros detenidos en el arcén por avería, mantenimiento o auxilio deberán reducir su velocidad en 20 km/h y dejar 1,5 metros de margen. En situaciones de atasco, se establece la obligación de orillarse a los lados para crear un "carril de emergencia" central que facilite el paso de los servicios de asistencia.
Entornos escolares y autocaravanas en ciudad
En el plano municipal, se elimina la coincidencia de luz ámbar para vehículos y verde para peatones en semáforos. La ley otorga reconocimiento jurídico a los "caminos escolares seguros" para incentivar los desplazamientos a pie o en medios no motorizados hacia los colegios.
Finalmente, se homogeniza el estacionamiento de autocaravanas: se considerará aparcamiento válido siempre que el vehículo no supere su perímetro en planta con despliegue de elementos externos, se apoye únicamente sobre sus ruedas y no efectúe vertidos al exterior.

