Almería ya puede solicitar las ayudas directas para pymes y autónomos afectados por los temporales

Las subvenciones directas oscilan entre los 5.000 y los 150.000 euros y el plazo de solicitud permanece abierto desde hoy hasta el 30 de junio de 2026



ALMERÍA HOY / 17·03·2026

Los profesionales y empresas que sufrieron daños por los temporales de comienzos del presente año, con una incidencia significativa en diversas localidades de Andalucía y Extremadura, ya pueden tramitar sus solicitudes de compensación. La Agencia Tributaria ha habilitado en su sede electrónica el formulario correspondiente para acceder a las ayudas directas contempladas en el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero.

El sistema se ha diseñado con el propósito de agilizar la concesión de los fondos. Los afectados únicamente deben cumplimentar un formulario digital con sus datos personales, NIF, un número de teléfono y la cuenta bancaria de titularidad propia donde se efectuará el ingreso. Este procedimiento destaca por la ausencia de burocracia documental previa, ya que no se requiere la aportación de archivos adicionales en el momento de la solicitud.

Cuantías y condiciones de las ayudas

El baremo de las subvenciones se establece en función de la naturaleza jurídica y el volumen de negocio del solicitante. Los trabajadores autónomos y profesionales que tributan como personas físicas percibirán una ayuda fija de 5.000 euros. Por su parte, las empresas recibirán importes que varían entre los 10.000 y los 150.000 euros, dependiendo estrictamente de sus niveles de facturación.

Es relevante señalar que estas transferencias cuentan con un régimen fiscal protector. Según lo dispuesto en la normativa, estas cuantías están exentas de tributación tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como en el Impuesto sobre Sociedades. Además, se ha otorgado a estos fondos la condición de inembargables, garantizando que la ayuda llegue íntegramente al tejido productivo afectado.

Requisitos técnicos para la tramitación

Para completar el proceso, es indispensable que el solicitante cuente con un certificado electrónico o esté dado alta en el sistema 'Cl@ve'. En el caso de que un usuario necesite rectificar algún dato tras haber enviado el formulario, como por ejemplo la cuenta bancaria de destino, la Agencia Tributaria indica que se deberá anular la solicitud previa y registrar una nueva entrada.

La plataforma web de la Agencia Tributaria incluye secciones de asistencia técnica y módulos informativos con preguntas frecuentes para resolver dudas sobre los beneficiarios. Asimismo, se ha facilitado un acceso directo para el registro en el sistema de identificación electrónica destinado a aquellos usuarios que aún no dispongan de credenciales digitales.