Falta de motivación en el veredicto obliga al TSJA a ordenar un nuevo juicio por el asesinato de la lotera de Albox



ALMERÍA HOY / 16·05·2025

La condena de 17 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería a A.G.F. por el homicidio y robo de una lotera de Albox en 2021 ha sido anulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). El TSJA ha ordenado que se repita el juicio con un nuevo jurado y magistrado, argumentando que el veredicto carecía de la motivación necesaria, especialmente en lo relativo a la hora de la muerte, un dato que podría probar una coartada.

También ha desestimado el de la acusación particular, que pedía agravar la condena al incluir las agravantes de alevosía y ensañamiento, algo que el tribunal ha rechazado "por impedirlo el principio acusatorio".

El tribunal indica que el jurado situó la muerte entre las 3,00 y las 3,30 horas del 10 de septiembre de 2021, pero no explicó por qué lo consideró probado cuando los informes forenses la sitúan entre las 11,00 y las 19,00 horas del mismo día. En ese intervalo, el acusado ya estaba localizado en el hospital o en dependencias policiales tras sufrir un accidente de tráfico, según ha alegado su defensa.

Esta “coartada” no fue valorada ni por el jurado ni por el magistrado. La sentencia subraya que se ha omitido toda explicación sobre las razones por las que se ha descartado este indicio contradictorio que, según señala, tiene "gran relevancia".

El veredicto que ha sido anulado declaró probado que A.G.F., vecino de la víctima, acudió a su casa de madrugada con intención de robarle. Cuando ella abrió la puerta, según el jurado, la atacó con una navaja y le asestó varias puñaladas que le causaron la muerte por "shock hemorrágico". Después, se apoderó de un bolso, una cantidad de dinero y dos teléfonos móviles.

La Audiencia de Almería le impuso doce años de prisión por homicidio y cinco años más por un delito de robo con violencia en casa habitada y uso de armas o medios peligrosos.

Por tanto, el TSJA ha considerado que los indicios valorados por el jurado son "débiles o excesivamente abiertos" y que la motivación de su decisión es "insuficiente", por lo que ha ordenado repetir el juicio con un nuevo jurado que deberá justificar su veredicto, al tiempo que aclara que contra esta resolución no cabe recurso.