Tilda el recurso de "opiniones y tergiversaciones de datos científicos"
ALMERÍA HOY / 14·05·2025
El Estado, a través de la Abogacía del Estado, ha respondido contundentemente a la demanda de Ecologistas en Acción que exige la limpieza de los terrenos contaminados por radiactividad en Palomares. En un escrito remitido a la Audiencia Nacional, la Abogacía niega categóricamente la existencia de un "riesgo radiológico significativo" para la población y el medio ambiente de la zona.
El organismo estatal acusa a la organización ecologista de basar su recurso en "opiniones, tergiversaciones de datos científicos" y un "desconocimiento del marco legal" vigente. Esta respuesta se produce después de que la Audiencia Nacional admitiera a trámite la demanda de Ecologistas, considerando que el Ministerio para la Transición Ecológica no había respondido adecuadamente a su solicitud.
Ecologistas en Acción solicita una sentencia que ordene la limpieza de aproximadamente 6.000 metros cúbicos de tierra contaminada en Palomares, estableciendo un plazo para su ejecución y un almacenamiento temporal de los residuos radiactivos hasta encontrar un destino definitivo.
La Abogacía del Estado insiste en que el recurso de los ecologistas se fundamenta en interpretaciones erróneas y omisiones de informes y valoraciones del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y de los resultados de la vigilancia radiológica ambiental llevada a cabo por el CIEMAT.
Además, la Abogacía critica el supuesto desconocimiento por parte de Ecologistas del marco legal que regula las situaciones de exposición a radiaciones ionizantes. También desmiente una supuesta "tergiversación sin base legal" respecto a la incorporación de un nuevo artículo a la Ley de Energía Nuclear, argumentando que no tenía como objetivo anular un recurso previo de los ecologistas contra el CSN, ya que este organismo nunca fue competente para ejecutar la limpieza.
El escrito de la Abogacía subraya una supuesta confusión por parte de Ecologistas entre unidades de medida de dosis efectiva y actividad radiactiva. Asimismo, destaca que el valor de referencia utilizado en el Programa de Vigilancia Radiológica y Ambiental en Palomares (0,1 mSv/año) garantiza que la dosis recibida por el público no supera el límite de 1 mSv/año.
La Abogacía del Estado califica a la parte recurrente como "inasequible a la realidad", prefiriendo "valoraciones sin base legal ni científica o tergiversaciones de hechos" a la "verdad de los hechos". En este sentido, niega rotundamente que se pueda hablar de un "accidente nuclear" en Palomares, recordando que el origen de un accidente nuclear siempre se encuentra en una instalación nuclear, algo que Palomares nunca ha sido.
Finalmente, la Abogacía señala que los informes anuales del CIEMAT al CSN demuestran que los valores de referencia establecidos en el programa de vigilancia apenas se alcanzan en las muestras analizadas, lo que implica que la dosis efectiva recibida por los habitantes de Palomares es significativamente inferior al nivel de referencia establecido para la zona desde 2001.
El organismo estatal acusa a la organización ecologista de basar su recurso en "opiniones, tergiversaciones de datos científicos" y un "desconocimiento del marco legal" vigente. Esta respuesta se produce después de que la Audiencia Nacional admitiera a trámite la demanda de Ecologistas, considerando que el Ministerio para la Transición Ecológica no había respondido adecuadamente a su solicitud.
Ecologistas en Acción solicita una sentencia que ordene la limpieza de aproximadamente 6.000 metros cúbicos de tierra contaminada en Palomares, estableciendo un plazo para su ejecución y un almacenamiento temporal de los residuos radiactivos hasta encontrar un destino definitivo.
La Abogacía del Estado insiste en que el recurso de los ecologistas se fundamenta en interpretaciones erróneas y omisiones de informes y valoraciones del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) y de los resultados de la vigilancia radiológica ambiental llevada a cabo por el CIEMAT.
Además, la Abogacía critica el supuesto desconocimiento por parte de Ecologistas del marco legal que regula las situaciones de exposición a radiaciones ionizantes. También desmiente una supuesta "tergiversación sin base legal" respecto a la incorporación de un nuevo artículo a la Ley de Energía Nuclear, argumentando que no tenía como objetivo anular un recurso previo de los ecologistas contra el CSN, ya que este organismo nunca fue competente para ejecutar la limpieza.
El escrito de la Abogacía subraya una supuesta confusión por parte de Ecologistas entre unidades de medida de dosis efectiva y actividad radiactiva. Asimismo, destaca que el valor de referencia utilizado en el Programa de Vigilancia Radiológica y Ambiental en Palomares (0,1 mSv/año) garantiza que la dosis recibida por el público no supera el límite de 1 mSv/año.
La Abogacía del Estado califica a la parte recurrente como "inasequible a la realidad", prefiriendo "valoraciones sin base legal ni científica o tergiversaciones de hechos" a la "verdad de los hechos". En este sentido, niega rotundamente que se pueda hablar de un "accidente nuclear" en Palomares, recordando que el origen de un accidente nuclear siempre se encuentra en una instalación nuclear, algo que Palomares nunca ha sido.
Finalmente, la Abogacía señala que los informes anuales del CIEMAT al CSN demuestran que los valores de referencia establecidos en el programa de vigilancia apenas se alcanzan en las muestras analizadas, lo que implica que la dosis efectiva recibida por los habitantes de Palomares es significativamente inferior al nivel de referencia establecido para la zona desde 2001.