Ya hay 'jurisprudencia' para que la descarga de graneles en los puertos de Almería se realice con naves cerradas

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana da la razón en ese sentido a la Asociación Vecinal “Por un Puerto Sostenible” de Alicante y condena al puerto de la ciudad a pagar las costas del proceso.


Descarga de graneles en un puerto.

ALMERÍA HOY / 25·11·2019

El Puerto de Alicante, con algunas problemáticas similares a los de Almería, Carboneras y Garrucha, como la descarga de graneles al aire libre, acaba de recibir esta sentencia en la que se desestima el recurso que interpuso el Puerto contra la paralización cautelar de descarga de graneles que dictó la Consejería, en tanto no se acreditase una altura suficiente de las pantallas móviles, por atentar contra la Salud Humana. Exigen además el cese del Presidente de la autoridad Portuaria.

La resolución, con fecha de 29 de octubre, desestima el recurso que en su día planteó el Puerto contra una resolución de la propia Consejería de Medio Ambiente de diciembre de 2017, y deja probado que la contaminación del aire "ha superado los niveles máximos" de cualquier otra estación de la Comunidad Valenciana, "con porcentajes inadmisibles" y que ponen "en peligro la salud humana" de los ciudadanos, según se recoge en los Fundamentos Jurídicos, que la sentencia ve acreditados.

La resolución de la Consejería contra la que el Puerto interpuso recurso, acordaba la parada temporal total de las operaciones de carga y descarga de material de pulverulento a granel en los muelles 11, 13 y 17, como medida cautelar, en tanto no quedase acreditado que la altura de las pantallas móviles fuera "superior a la altura de los acopios, al menos, en una distancia equivalente al 10% del lado mayor de su base".

El fallo recoge, por tanto, la exigencia legal de realizar la descarga de graneles "en naves cerradas o silos", que a día de hoy siguen sin haberse acometido. Y acusa a la propia Autoridad Portuaria de "generar sus propios perjuicios" al no cumplir la ley y no probar "la irreversibilidad de los daños".

Según acredita la sentencia, la "probabilidad de los daños a la salud humana", aparece desde el mismo momento en que de manera reiterada y persistente, (mas del 80 por cien de los días en la que se computan los resultados de las estaciones de control), se supera el valor establecido por la Organización Mundial de la Salud.

La federación Ecologistas en Acción de Almería ha presentado dos denuncias en la Fiscalía de Medio Ambiente de Almería contra los puertos de Carboneras y Almería por posibles delitos. La organización ecologista considera que ambas entidades "incumplen numerosa normativa legal y realizan actividades con malas prácticas y en ocasiones peligrosas, con responsabilidad directa e indirecta. El resultado son daños sustanciales que afectan a la calidad del aire y generan un grave perjuicio para la salud de la población".

Para Ecologistas en Acción Almería esta sentencia es una "muy buena noticia porque sienta jurisprudencia y nos facilita el camino para obligar a los puertos de Almería y Carboneras a realizar las cargas de graneles en naves cerradas".

"Nunca una empresa privada se puede lucrar a costa de nuestra salud o de dañar el medio ambiente". concluye la asociación verde.