Tras la entrada en vigor de la nueva ordenanza municipal, la Policía Local de Almería ya ha impuestos las primeras sanciones de 120 euros
Contenedores de basura en la capital almeriense. |
ALMERÍA HOY / 10·05·2017
La Policía Local de Almería ha impuesto las primeras sanciones administrativas de 120 euros a dos vecinos de la capital por tirar la basura a un contenedor fuera del horario establecido dentro de la nueva ordenanza municipal de limpieza, que entró en vigor el pasado 19 de abril, de modo que cada uno de ellos ha recibido una multa por una infracción leve.
Fuentes municipales han indicado a Europa Press que los vecinos, que pueden optar a una reducción por pronto del importe de la sanción, fueron sorprendidos en ambos casos por agentes de paisano que se encontraban en la zona en la que los ciudadanos acudieron a depositar las bolsas de basura durante la mañana.
En concreto, el primer caso tuvo lugar a las 9.30 horas en la calle Javier Sanz de la capital el pasado día 8 mientras que la segunda infracción se dio sobre las 10.30 horas en la calle Felipe II, este mismo martes día 9.
Cabe recordar que, bajo la nueva ordenanza, los usuarios tienen el deber de depositar la basura en los contenedores de 21.00 a 23.00 horas en época de verano y desde las 20.00 a las 22.00 horas durante el invierno. En el caso de los locales comerciales podrán depositar los residuos cuando cierren sus negocios. Igualmente queda prohibido el depósito y recogida de vidrio desde las 21.00 hasta las 9.00 horas.
Concienciación ciudadana
Desde el Consistorio han apuntado que es necesario comenzar a «concienciarse» de la necesidad de cumplir los horarios para una convivencia cívica, ya que el arrojar basuras fuera del horario establecido contribuye a que proliferen los malos olores y supone un foco de atracción para insectores y roedores.
Además de estas dos sanciones por depositar los residuos fuera del horario, desde el Ayuntamiento también han apuntado que se han impuesto dos multas más bajo la nueva ordenanza por no recoger las heces de los perros, de modo que bajo la nueva normativa, las sanciones han ascendido de 75 a 120 euros. Estos casos han tenido lugar en el barrio de Los Ángeles y el la calle Madre María Aznar.
La ordenanza de limpieza recoge en sus diferentes títulos prohibiciones y conductas sancionables tales como arrojar al suelo residuos tales como colillas, cáscaras de pipas o chicles, escupir y realizar las necesidades fisiológicas en los espacios públicos, el vertido de los condensados de los aparatos de climatización, facilitar alimento a animales —salvo en los lugares habilitados para ello— o no recoger, de manera inmediata, los excrementos evacuados por los animales de compañía en la vía pública.
Se prohíbe también la colocación de carteles, adhesivos o cualquier otro soporte publicitario sobre edificios, monumentos, obras públicas o mobiliario urbano, desgarrar, arrancar o tirar carteles, anuncios o pancartas, esparcir o tirar octavillas o material publicitario y similar en la vía pública así como colocarlos en vehículos estacionados en la calle y, la publicidad domiciliaria solo podrá ser depositada en el interior de los buzones y/o en aquellos espacios habilitados por la comunidad de propietarios.
La ordenanza establece tres tipos de sanciones en su régimen disciplinario: leves, graves y muy graves. Las primeras conllevarán una multa de entre 120 a 750 euros. Las sanciones graves podrán oscilar entre los 751 euros a los 1.500 euros, y las muy graves irán desde los 1.501 euros hasta 3.000 euros. En los tres casos, se aplicarán reducciones del 20 por ciento sobre el importe de la sanción en caso de pago en periodo voluntario.
El texto fue aprobado por unanimidad el pasado 3 de marzo por la corporación municipal y tiene por objetivo regular los espacios públicos y la recogida de los residuos de competencia municipal.
Fuentes municipales han indicado a Europa Press que los vecinos, que pueden optar a una reducción por pronto del importe de la sanción, fueron sorprendidos en ambos casos por agentes de paisano que se encontraban en la zona en la que los ciudadanos acudieron a depositar las bolsas de basura durante la mañana.
En concreto, el primer caso tuvo lugar a las 9.30 horas en la calle Javier Sanz de la capital el pasado día 8 mientras que la segunda infracción se dio sobre las 10.30 horas en la calle Felipe II, este mismo martes día 9.
Cabe recordar que, bajo la nueva ordenanza, los usuarios tienen el deber de depositar la basura en los contenedores de 21.00 a 23.00 horas en época de verano y desde las 20.00 a las 22.00 horas durante el invierno. En el caso de los locales comerciales podrán depositar los residuos cuando cierren sus negocios. Igualmente queda prohibido el depósito y recogida de vidrio desde las 21.00 hasta las 9.00 horas.
Concienciación ciudadana
Desde el Consistorio han apuntado que es necesario comenzar a «concienciarse» de la necesidad de cumplir los horarios para una convivencia cívica, ya que el arrojar basuras fuera del horario establecido contribuye a que proliferen los malos olores y supone un foco de atracción para insectores y roedores.
Además de estas dos sanciones por depositar los residuos fuera del horario, desde el Ayuntamiento también han apuntado que se han impuesto dos multas más bajo la nueva ordenanza por no recoger las heces de los perros, de modo que bajo la nueva normativa, las sanciones han ascendido de 75 a 120 euros. Estos casos han tenido lugar en el barrio de Los Ángeles y el la calle Madre María Aznar.
La ordenanza de limpieza recoge en sus diferentes títulos prohibiciones y conductas sancionables tales como arrojar al suelo residuos tales como colillas, cáscaras de pipas o chicles, escupir y realizar las necesidades fisiológicas en los espacios públicos, el vertido de los condensados de los aparatos de climatización, facilitar alimento a animales —salvo en los lugares habilitados para ello— o no recoger, de manera inmediata, los excrementos evacuados por los animales de compañía en la vía pública.
Se prohíbe también la colocación de carteles, adhesivos o cualquier otro soporte publicitario sobre edificios, monumentos, obras públicas o mobiliario urbano, desgarrar, arrancar o tirar carteles, anuncios o pancartas, esparcir o tirar octavillas o material publicitario y similar en la vía pública así como colocarlos en vehículos estacionados en la calle y, la publicidad domiciliaria solo podrá ser depositada en el interior de los buzones y/o en aquellos espacios habilitados por la comunidad de propietarios.
La ordenanza establece tres tipos de sanciones en su régimen disciplinario: leves, graves y muy graves. Las primeras conllevarán una multa de entre 120 a 750 euros. Las sanciones graves podrán oscilar entre los 751 euros a los 1.500 euros, y las muy graves irán desde los 1.501 euros hasta 3.000 euros. En los tres casos, se aplicarán reducciones del 20 por ciento sobre el importe de la sanción en caso de pago en periodo voluntario.
El texto fue aprobado por unanimidad el pasado 3 de marzo por la corporación municipal y tiene por objetivo regular los espacios públicos y la recogida de los residuos de competencia municipal.