El Ayuntamiento de Albox tendrá que indemnizar a propietarios de viviendas ilegales

La juez considera que las familias han pasado «por diez años de espera e incertidumbre sobre el destino de su casa», con «el consecuente sufrimiento»


Edificio del Ayuntamiento de Albox
EUROPA PRESS - ALMERÍA HOY / 30•09•2014

El Ayuntamiento de Albox ha sido condenado a indemnizar por daños morales a tres familias de origen británico que, en 2004, adquirieron viviendas unifamiliares en la urbanización Las Palmeras de esa localidad, construida sobre suelo no urbanizable. Asimismo, la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Almería, obliga al Consistorio albojense a indemnizar a una cuarta familia que tuvo que vivir de alquiler por la paralización de su vivienda.
En total, la administración local tendrá que desembolsar 142.800 euros como responsable civil subsidiario.

El fallo recoge además el rechazo de la magistrado a ordenar la demolición de las viviendas, considerando que ello ocasionaría «más perjuicios que beneficios», dado que éstas «podrían ser legalizadas» y sus propietarios actuaron de «buena fe» al adquirirlas.

La sentencia se produce en el marco de un proceso penal por delitos contra la ordenación del territorio, por los que ya han sido condenados a un año de prisión y otro de inhabilitación especial los promotores de la urbanización, y a una multa de 1.825 euros el redactor del proyecto y director de obra.

La urbanización Las Palmeras comenzó a construirse en el año 2004, sobre suelo catalogado como no urbanizable en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), después de que H.A.G. y A.G.G. adquirieran los terrenos como socios comuneros de Construcciones Alto Almanzora y encargasen a C.D.B.F. la redacción del proyecto de construcción.

Ambos formalizaron siete contratos de venta del solar y de construcción de viviendas unifamiliares con ciudadanos ingleses, quienes conocieron la oferta por medio de publicaciones en el Reino Unido. En estos contratos, la empresa se comprometía a realizar «el pago de la licencia de obras, honorarios de arquitectos, aparejadores, estudio geotécnico, control técnico, control de materiales y tasas de conexión».

El fallo refleja que, si bien las licencias de obras fueron solicitadas en nombre de los compradores, que aparecían como promotores de las viviendas, el Ayuntamiento de Albox «no las concedió expresamente», pese a lo que H.A.G. y A.G.G. comenzaron la construcción «a sabiendas de que lo hacían en no urbanizable y amparados en la simple palabra del concejal de Urbanismo en la fecha y con las competencias delegadas por el alcalde», en alusión a José Luis González Wandosell, quien falleció en 2012.

Subraya la juez María Teresa Vidaurreta que el Ayuntamiento, a través del edil de Urbanismo, autorizó a Endesa y a Galasa para que dieran suministro eléctrico y de agua a las viviendas y que, teniendo competencia para incoar y resolver expedientes administrativos por infracciones a la normativa urbanística, no inició ninguna acción «creando una apariencia de legalidad para profanos en la materia aún a sabiendas de que se trataba de suelo no urbanizable según el PGOU vigente».

Las viviendas unifamiliares de dos de los matrimonios perjudicados fueron terminadas y entregadas en 2004, habitando en ellas desde entonces. El resto fueron paralizadas cuando apenas restaba por ejecutar «obras generalmente de acabado», a raíz de las diligencias que abrió la Unidad de Policía Autonómica.


'Pack' promocional en Reino Unido

Según relataron en la vista oral, los afectados adquirieron un «pack» que comprendía terreno y construcción de la vivienda cuando conocieron la promoción «estando en el Reino Unido», y firmaron el contrato de compraventa «en base a unos proyectos que les presentaron, eligiendo cada uno tanto el terreno a comprar como el tipo de casa que querían construir».

El fiscal solicitó en el trámite de informes, en aras de la «restauración del orden físico alterado», la demolición de cinco de las viviendas, y desestimó el derribo de las dos que se encuentran habitadas por «razones humanitarias». No obstante, la juez alude a una sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de 23 de enero de 2013 para concluir la improcedencia de la demolición.

En concreto, indica que las viviendas se encuentran ubicadas en una zona conocida como Los Patricios y que, según el avance de la modificación puntual del PGOU de Albox en adaptación a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), esa zona se considera «un asentamiento rural de la Rambla del Saliente que previsiblemente va a ser calificado como suelo urbano no consolidado».

«Es muy probable que las viviendas puedan ser legalizadas en un plazo que dependerá de los trámites administrativos, pudiendo la situación de que, si se acordara la demolición, en un breve plazo hubieran sido legalizables, causando más perjuicios que beneficios la demolición, habida cuenta de que entran en juego intereses de terceros de buena fe», concluye.


«Diez años de incertidumbre y sufrimiento»

A la hora de considerar las consecuencias del delito por el que han sido condenados promotores, responsable técnico y Ayuntamiento de Albox, la juez incide en las circunstancias personales de unos compradores que han pasado «por diez años de espera e incertidumbre sobre el destino de su casa y el consecuente sufrimiento».

Así, reconoce el derecho a sendas indemnizaciones por daños morales, fijadas en 40.000 y 45.000 euros, a las dos familias cuyas casas se finalizaron; y a una indemnización de 50.000 euros para una tercera que no llegó a ver terminada su vivienda. Por último, establece una indemnización de 7.800 euros para una cuarta familia, por los daños y perjuicios derivados del alquiler que tuvieron que pagar hasta su regreso a Reino Unido.
El resto de los perjudicados no solicitaron resarcimiento por daños morales.


La reacción municipal

En un comunicado público, el Ayuntamiento de Albox ha manifestado hoy su satisfacción por la decisión de la juez de no ordenar el derribo de las viviendas, al tiempo que ha criticado la condena contra el Consistorio, asegurando que «causa perplejidad» que se establezca el pago de indemnizaciones sin haber existido demolición. «Nadie puede entender que se tenga que pagar por algo que no se ha producido», ha asegurado el alcalde, Rogelio Mena.

Fiel a su estilo, el regidor albojense no ha dejado pasar la oportunidad de arremeter contra la oposición, señalando que «este riesgo de demolición» es «consecuencia directa de las nefastas políticas urbanísticas que el Partido Popular llevó a cabo en el municipio», y que «esta es la dramática herencia que nos dejó del PP de Albox».
«Nos llevó a la ruina en el pasado y nos quiere llevar a la ruina en el futuro», afirma el primer edil, quien considera «inadmisible» que la Corporación municipal tenga que pagar «las consecuencias de la nefasta gestión del PP».
Mena también ha anunciado que va «a iniciar las acciones oportunas para que sean los auténticos responsables quienes paguen por su nefasta gestión al frente del Ayuntamiento años atrás».


Los afectados

Para Maura Hillen, presidenta de Abusos Urbanísticos Almanzora No (AUAN), la sentencia merece una valoración positiva. Los afectados, especialmente los británicos, por sus dificultades con el idioma y su desconocimiento de la legislación española, sufren, en su opinión, «una lotería inversa, donde ellos han tenido la mala suerte de comprar una casa ilegal, que van a tener que pelear por ella durante 10 años, que pueden morir en el proceso, que todo depende de la interpretación del Juez, dado que no hay suficiente claridad jurídica en el Código Penal».
«Si se le demuele se le dará un papel que dice que no se preocupe, que se le pagará después», pero «nunca se materializa, como bien conocemos en esta zona», por lo que «si no muere antes, queda con las maletas en la calle, sin casa y sin dinero», ha lamentado Hillen.

Por su parte, Gerardo Vázquez, abogado de las familias afectadas, así como de las asociaciones AUAN y SOHA, considera que «hay más consciencia social de la barbaridad que sería tirar la vivienda de unos adquirentes de buena fe, que si se les tira la casa quedarían sin dinero y sin hogar». Celebra la indemnización reconocida por la juez a sus representados, pero estima necesario «un cambio en el Código Penal y la Ley de Suelo estatal». «No todo se puede resolver por un cambio en la LOUA que cae bajo el ámbito del legislador autonómico, sino que se requiere, en toda justicia, cambios en el Código Penal y la ley de Suelo estatal y ello es responsabilidad del legislador nacional», ha insistido.