Piden que el alcalde de Carboneras cumpla la condena a calificar El Algarrobico no urbanizable

Greenpeace comunica al TSJA que la petición de tiempo para que los técnicos municipales elaboren un informe cinco años después de la sentencia es "otra maniobra dilatoria"



ALMERÍA HOY / 16·02·2023

Greenpeace ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que fije un plazo límite al Ayuntamiento de Carboneras para que cambie a suelo no urbanizable "de especial protección" el Algarrobico en el Plan General de Ordenación Urbana ya que la petición municipal de "más tiempo" para ejecutar la sentencia que le obliga a la recalificación tras encargar un "nuevo informe" es una "nueva maniobra dilatoria" del alcalde, José Luis Amérigo, para "simular que tiene interés" en cumplir con los requerimientos judiciales.

En su escrito elevado a la sala que debe decidir si impone multas semanales a Amérigo o deduce testimonio a Fiscalía por presunto delito de desobediencia, indica que el alcalde "está rehuyendo cumplir con su obligación de ejecutar la sentencia" y señala que, ante esta situación, procede que se fije "un plazo prudencial" a partir del cual "entrarán en vigor las medidas coercitivas" que se acordaron en julio.

Apunta, en esta línea, que la petición del alcalde a los servicios técnicos municipales sobre los trámites a seguir para dar cumplimiento a la sentencia que obliga a declasificar el sector sobre el que se levanta el hotel de Azata como urbanizable es "una maniobra dilatoria" y subraya que estos servicios municipales "le han venido informando a lo largo de estos últimos cinco años de los sencillos trámites a seguir para cumplir la sentencia" como muestra un informe que data de septiembre de 2020.

"Hace casi cinco años que el Ayuntamiento carbonero viene simulando tener interés en ejecutar la sentencia", remarca aludiendo al acuerdo plenario de julio de 2018 que "aún continúa pendiente de cumplirse pese al largo periodo de tiempo transcurrido".

El Ayuntamiento de Carboneras solicitó a finales de enero al TSJA que ampliase el plazo teniendo en cuenta que había requerido "formalmente" el día 5 de ese mes al técnico municipal la elaboración de un "informe sobre el procedimiento urbanístico a seguir" después de una reunión técnica mantenida previamente con representantes de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta en Almería.

Comunicó, asimismo, que, "una vez evacuado el referido informe y el requerido asimismo a la Secretaría Municipal", procedería a la convocatoria del pleno para la aprobación "formal de la modificación del planeamiento en el sentido de declarar no urbanizables los sectores ST-1 o Algarrobico y ST-2 o El Canillar".

El TSJA apercibió el 17 de enero por segunda vez al alcalde de Carboneras, José Luis Amérigo, con multa, aunque, en esta ocasión, le advirtió de "cualquier tipo de incumplimiento" en lo "ordenado" respecto al Algarrobico conllevaría "sin más dilación" traslado al Ministerio Fiscal para que le pueda exigir responsabilidades penales.

Le requirió de nuevo los informes quincenales que le ordenó remitir sobre las actuaciones que estaba llevando a cabo para ejecutar la sentencia al tiempo que le demandó por primera vez que detallase "las que haya previsto llevar a efecto en los 15 días sucesivos".

La sala avisó, asimismo, de que "cualquier tipo de incumplimiento de lo ordenado" conllevará, "sin más dilación", la "correspondiente imposición de multa" a Amérigo y "deducción de particulares para su traslado al Ministerio Fiscal" por si hubiese incurrido en un presunto delito de desobediencia.

El planeamiento municipal aún en vigor recoge que el suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata del Sol es urbanizable --sector ST-1--, pese a que una sentencia firme desde 2018 concluyó que es no urbanizable de especial protección por estar enclavado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar.

El Tribunal Supremo (TS) falló recientemente que la licencia municipal de obras es "plenamente legal" 20 años después de su concesión ya que se ajusta al planeamiento urbanístico de Carboneras por no haberse modificado el PGOU y supedito su anulación como paso previo a la demolición del inmueble a la revisión de oficio de la citada licencia por parte del Ayuntamiento carbonero.

En su último informe quincenal en diciembre, comunicó al TSJA que debía modificar parcialmente el expediente que llevó a pleno en 2021 ya que no "cumple plenamente" con la exigencia judicial de clasificar el suelo de El Algarrobico en el planeamiento municipal como no urbanizable de especial protección.

El consistorio alegó que el documento técnico existente en el expediente, que también se publicó en Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en septiembre de 2021, no sirve e indicó que se debía proceder "a su modificación técnica" de forma "previa" a su aprobación en el pleno de la corporación local carbonera de la modificación del PGOU.

El expediente que ahora se rehace se incluyó en una sesión extraordinaria en enero de 2021, pero solo como una dación de cuentas. En estos mismos términos se publicó en BOP en septiembre de 2021, lo que fue denunciado por organizaciones ecologistas al tribunal.