El Tribunal Supremo estudiará si Vera tiene que indemnizar a Key Lanzarote con 7,5 millones

El socio privado en Codeur espera que se le resarza económicamente por haber impedido la venta de sus acciones a un tercero en 2011




ALMERÍA HOY / 14·05·2018

Key Lanzarote, socio privado del Ayuntamiento en la empresa mixta Codeur, presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para reivindicar el derecho a ser indemnizada con 7,5 millones de euros por el Ayuntamiento de Vera, petición que le había sido negada con anterioridad por el Juzgado de lo Mercantil nº 1, en primera instancia, y el Tribunal Superior De Justicia de Andalucía en segunda.

La noticia tiene sus preliminares en 2011, cuando la filial del grupo Key Mare recibió una oferta de la sociedad Professional Water Management, S.L. para comprar su participación de 98 acciones en Codeur (49% del total) por 7,5 millones de euros.

Siguiendo los estatutos de la sociedad, Key Lanzarote informó sobre la oferta a su socio, el Ayuntamiento, al objeto de que pudiera ejercer, si así lo estimaba oportuno, su derecho a optar por la compra preferente de las acciones «igualando la oferta existente». El Consistorio de Vera, gobernado entonces por el PP, inició el mencionado procedimiento de compra preferente, que abortó posteriormente perjudicando las expectativas de negocio del grupo Key.

En ese sentido, el equipo de gobierno que dirigía José Carmelo Jorge Blanco manifestó su voluntad de ejercitar ese derecho, pero, de manera «irregular incumpliendo la normativa establecida al efecto, fuera de los plazos legales e imponiendo un procedimiento contrario a la ley, con el que pretende adquirir el paquete accionarial por un precio diferente al ofertado por Professional Water Management», denunciaban entonces desde el Grupo Key Mare.

Pero Key Lanzarote no sólo señalaba el «bloqueo» ejercido por los socios que representaban en aquellas fechas al Ayuntamiento, sino que ya advertía que, aunque el Ayuntamiento de Vera adoptó la decisión de comprar el paquete accionarial privado de Codeur a finales de 2011, no había consignado partida presupuestaria en 2012 para poder consumar la operación.


El negocio nunca se truncó

En cualquier caso, el negocio se truncó definitivamente el 29 de enero de 2013, día en el que el Pleno acordó renunciar a ejercer el derecho de compra preferente que había reclamado anteriormente. La decisión fue adoptada después de recibir un informe favorable del Consejo Consultivo de Andalucía, que avalaba los pasos seguidos por el Ayuntamiento desde que anunció su intención de adquirir las acciones puestas a la venta por Key Lanzarote, hasta que un año después puso en marcha el proceso para anular el expediente de compra preferente.

En aquel debate, el entonces portavoz del equipo de gobierno, Juan de la Cruz Belmonte (PP), basaba la decisión en dos motivos. La cuestión económica era el primero de ellos. Aunque el Gobierno estaba convencido de poder hacer frente a un precio «justo», el Plan Montoro para pagar a los proveedores y los gastos derivados de las riadas del 28 de septiembre de 2012 limitaron la capacidad financiera del Ayuntamiento.

El «engaño» al que Key Mare quería someter al Ayuntamiento era la otra causa. «Desde mayo de 2012 estamos conociendo muchas irregulares», argumentaba Belmonte, en alusión, principalmente, a la pignoración que gravaba las acciones del socio privado. «La compra no es ni pura ni simple —añadía—. ¿Cómo se puede comprar algo que está comprometido avalando una operación de crédito con un banco?».

Con respecto al informe del Consejo Consultivo andaluz, el PA, entonces en la oposición, advertía que, aunque daba la razón al Consistorio, suponía también un «gran varapalo» para la gestión del PP en el polémico asunto. «El Consejo Consultivo es claro: La única causa de nulidad es que no existía consignación presupuestaria para comprar Codeur. Es una causa sólo imputable al Ayuntamiento de Vera», replicaba el andalucista Francisco Vázquez. «El hecho de que las acciones estuvieran pignoradas —abundaba el edil— no es, según el Consejo, motivo de nulidad».

Ante esto, Vázquez lanzaba una batería de preguntas a Juan de la Cruz Belmonte: «¿Por qué ejercitaron la acción de compra sin tener consignación presupuestaria?”, “¿por qué un año después dicen que el acuerdo es nulo precisamente porque no había partida?” o “¿qué consecuencias económicas va a tener en el pueblo de Vera esta mala actuación del PP?».

La falta de consignación para la compra de las acciones en los presupuestos de 2012 fue, precisamente, el argumento que bastó, tanto al Juzgado nº 1 de lo Mercantil de Almería como al TSJA, para certificar la nulidad de la posible adquisición de las participaciones por parte del Ayuntamiento, dar por bueno su desistimiento en la acción emprendida y, por consiguiente, negar cualquier indemnización a Key Lanzarote por el presunto perjuicio sufrido.

No obstante, los representantes legales de la mercantil confían en que el recurso de casación admitido a trámite por el TS suponga un giro de 180º en el procedimiento, al observar que, en la jurisprudencia generada por ese Tribunal, existen numerosos casos en que ha fallado que la nulidad de las acciones adoptadas por una administración, no eximen a ésta de su obligación a resarcir a quienes haya podido lesionar en sus intereses.


PP: «La Justicia ya ha dicho que actuamos bien»

Juan de la Cruz Belmonte, portavoz del Grupo Popular y del equipo de gobierno que adoptó la decisión de ejercer el derecho de compra de las acciones de Key Lanzarote primero, y de desistir en el ejercicio de ese derecho, después, ha señalado que «únicamente se trata de un recurso de casación admitido por el TS, que estudiará si cabe indemnizar o no a Key Lanzarote».

«Hasta la fecha, ya se han pronunciado en contra un juzgado de lo Mercantil y el TSJA. Ambos, al igual que el Consejo Consultivo de Andalucía, asumen que el equipo de gobierno de José Carmelo Jorge actuó de acuerdo a la ley».

Por su parte, el portavoz del actual ejecutivo local, el andalucista Francisco Vázquez, señala que «el gobierno del Partido Popular decidió ejercer el derecho de compra preferente de las acciones del socio privado en Codeur sabiendo que no existía consignación presupuestaria para hacerlo. Eso es un delito que se llama prevaricación. Además, queriendo o por error, el resultado de su acción perjudicó a un tercero que, muy posiblemente, tendrá que ser indemnizado. Si finalmente es así, nos veremos en la obligación de exigir responsabilidades a los concejales del PP que adoptaron tales decisiones. Los que no tienen culpa de nada son los ciudadanos de Vera».


Codeur se prepara para incorporar a Garrucha

El Pleno de Vera aprobó el 19 de abril autorizar a Codeur para optar a prestar el ciclo integral del agua en Garrucha.
Dicho permiso se extendió a permitir que la sociedad participada mayoritariamente por el Ayuntamiento se pueda endeudar hasta un máximo de 3 millones de euros para poder acudir a la licitación, así como la utilización de la depuradora municipal para recoger los vertidos provenientes de Garrucha.

Pero, mientras el equipo de gobierno asegura que ganar el concurso «hará más fuerte a Codeur, evitará las consecuencias de los vertidos del pueblo vecino en las playas veratenses y contribuirá a resolver un problema», la oposición entiende que «el único beneficiado será el socio privado».

«Vera debe pensar en su futuro. Ahora, la depuradora funciona al 58,33% en periodo estival, si unimos Garrucha, ese porcentaje sube hasta el 72,77%, ¿qué pasará cuando termine el desarrollo de la costa?», se preguntaba el portavoz del Grupo Popular, Juan de la Cruz Belmonte.
Pero Codeur tendrá que esperar, porque el pliego de condiciones para la licitación es nulo al haber sido elaborado basándose en una norma que dejó de estar vigente el 9 de marzo, 10 días antes de su publicación en el BOP. ¿Qué significa esto? Realmente nada, un simple defecto formal fácilmente subsanable.