Dos años y nueve meses de prisión para un camionero que atropelló mortalmente a un legionario

Cuando circulaba «en sentido contrario y prohibido» para evitar una retención en la salida de la base militar 'Álvarez de Sotomayor'


Ciudad de la Justicia de Almería. | Archivo.

EUROPA PRESS / 11·10·2016

El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado al conductor de un camión a dos años y nueve meses de prisión por el atropello mortal a un cabo primero de La Legión al que arrolló cuando circulaba «en sentido contrario y prohibido» para evitar una retención en la salida de la base militar 'Álvarez de Sotomayor' de Viator, junto a la rotonda ubicada en la intersección hacia la A-7 y la A-92.

El fallo, sobre el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, condena al acusado por un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria en relación con un delito de homicidio imprudente y por otro de desobediencia en la seguridad vial, ya que aunque el conductor se sometió a las pruebas de alcoholemia que dieron resultados negativos, rechazó realizar un test de estupefacientes en el lugar de los hechos.

El accidente tuvo lugar en febrero del pasado año, cuando el conductor, que se encontraba a unos 400 metros de la intersección, circuló por el carril izquierdo «de modo totalmente irreglamentario» al pisar una línea continua para «evitar» la retención producida por la caravana de vehículos que abandonaban la base militar hasta llegar a unos 50 metros de la rotonda, según recoge la sentencia.

En este punto, el conductor empezó a desplazarse hacia el carril derecho «retirándose los vehículos que iban correctamente por dicho carril hacia el arcén» hasta llegar a una isleta cebreada de exclusión de tráfico que separaba dos carriles, con lo que, con motivo del tráfico, se vio obligado a detenerse ocupando parte del carril derecho y parte de la isleta cebreada.

De forma paralela, el legionario, que circulaba con su moto, se posicionó «de forma no correcta» en el vértice delantero izquierdo del camión, un lugar «inadecuado», según reconoce el juez Luis Miguel Columna, quien en sus fundamentos señala esta cuestión para argumentar una reducción del 20 por ciento de la indemnización a los familiares de la víctima.


«Sin ningún tipo de precaución»

En este punto, el acusado «sin tener ningún tipo de precaución» y «para no poner en peligro la seguridad de los usuarios de la vía», inició su marcha y realizó un cambio «brusco» de dirección a la izquierda, introduciendo la cabeza tractora en la isleta cebreada y colisionando «con la parte posterior del ciclomotor».

Así, aunque la víctima trató de evitar el atropello agarrándose a la parrilla del camión, el conductor continuó la marcha para incorporarse a la rotonda, de modo que el cabo fue arrollado. Con esto, el magistrado incide en la «imprudencia grave» del camionero, quien ocupó una zona cebreada a la que «bajo ningún concepto se puede acceder».

El conductor, que deberá indemnizar a la esposa, hijos y padres del fallecido con 202.461,92 euros a través de su aseguradora, se negó a someterse a una prueba de consumo de estupefacientes en el lugar del siniestro aunque, posteriormente en dependencias de la Guardia Civil, se ofreció a realizar el test.