ALMERÍA HOY / 28·07·2026
La Audiencia Provincial de Almería ha dictado una pena de seis años de cárcel para cada uno de los dos hermanos juzgados por intentar acabar con la vida de un varón en las inmediaciones e interior de un club de alterne en Los Gallardos. Además de la pena privativa de libertad, la sentencia fija una orden de alejamiento de 200 metros y la prohibición de comunicación con la víctima durante 16 años, junto con una indemnización conjunta de 44.570 euros por las secuelas y daños causados.
El suceso se produjo el 28 de febrero de 2025 en el paraje de Alcornia. Según considera probado el fallo, los dos procesados abordaron a la víctima en los exteriores del establecimiento debido a rencillas previas. Tras un enfrentamiento inicial con empujones, le asestaron un golpe en la cabeza utilizando un tubo de PVC.
Ante el ataque, el agredido corrió hacia el interior del local para resguardarse, pero ambos hermanos lo persiguieron empuñando cuchillos hasta alcanzarlo en la zona de las escaleras. Allí, uno de los acusados le asestó una puñalada directa en el abdomen. El segundo procesado intentó asestarle una segunda estocada dirigida a la zona abdominal y lumbar, si bien el agredido logró frenar la cuchillada con la mano, alcanzando posteriormente el cuarto de baño para protegerse antes de que los agresores se dieran a la fuga.
La gravedad de las lesiones sufridas —que incluyeron traumatismo abdominal penetrante, laceración hepática, shock hemorrágico y contusiones— puso en riesgo inminente la vida de la víctima. El herido requirió tres operaciones quirúrgicas, estancia en la Unidad de Cuidados Intensivos y un periodo de recuperación de 118 días.
El tribunal ha concluido que existió un claro ánimo de matar desde el instante en que los procesados se armaron con cuchillos y persiguieron al perjudicado dirigiendo las puñaladas a zonas vitales. Asimismo, la Sala ha descartado la atenuante de reparación del daño, pese a que consignaron 5.000 euros antes de la vista oral, así como la atenuante de confesión para el hermano que admitió el apuñalamiento en el juicio, al haber variado su versión respecto a la fase de investigación. La resolución no es firme y admite recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El suceso se produjo el 28 de febrero de 2025 en el paraje de Alcornia. Según considera probado el fallo, los dos procesados abordaron a la víctima en los exteriores del establecimiento debido a rencillas previas. Tras un enfrentamiento inicial con empujones, le asestaron un golpe en la cabeza utilizando un tubo de PVC.
Ante el ataque, el agredido corrió hacia el interior del local para resguardarse, pero ambos hermanos lo persiguieron empuñando cuchillos hasta alcanzarlo en la zona de las escaleras. Allí, uno de los acusados le asestó una puñalada directa en el abdomen. El segundo procesado intentó asestarle una segunda estocada dirigida a la zona abdominal y lumbar, si bien el agredido logró frenar la cuchillada con la mano, alcanzando posteriormente el cuarto de baño para protegerse antes de que los agresores se dieran a la fuga.
La gravedad de las lesiones sufridas —que incluyeron traumatismo abdominal penetrante, laceración hepática, shock hemorrágico y contusiones— puso en riesgo inminente la vida de la víctima. El herido requirió tres operaciones quirúrgicas, estancia en la Unidad de Cuidados Intensivos y un periodo de recuperación de 118 días.
El tribunal ha concluido que existió un claro ánimo de matar desde el instante en que los procesados se armaron con cuchillos y persiguieron al perjudicado dirigiendo las puñaladas a zonas vitales. Asimismo, la Sala ha descartado la atenuante de reparación del daño, pese a que consignaron 5.000 euros antes de la vista oral, así como la atenuante de confesión para el hermano que admitió el apuñalamiento en el juicio, al haber variado su versión respecto a la fase de investigación. La resolución no es firme y admite recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

