El Ayuntamiento de Níjar incrementa las retribuciones de sus funcionarios




ALMERÍA HOY / 19·10·2018

El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) publica este viernes la aprobación del Ayuntamiento de Níjar, en sesión plenaria celebrada en fecha de 11 de octubre, de la propuesta de Alcaldía sobre incremento de retribuciones del personal al servicio del Consistorio en aplicación del artículo 18.2 de la LPGE de 2018, y consiguiente modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de 2018.

El anuncio del BOP señala que se trata de aplicar al personal funcionario al servicio de esta Entidad Local las cuantías previstas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, en concepto de retribuciones básicas (sueldo, trienios y pagas extraordinarias) y complemento de
destino; con efectos desde el 01 de enero de 2018.

«Fijar un incremento del Complemento Específico del personal funcionario al servicio de esta Administración Local en un porcentaje de un 1,5%, respecto al vigente a 31 de diciembre de 2017, con efectos desde el 01 de enero de 2018; y del 1,75% con efectos desde el 01 de julio de 2018».

Así, se fija un incremento de las retribuciones del personal laboral al servicio de esta Administración Local, en todos sus conceptos retributivos de carácter fijo en su cuantía y periódicos en su devengo, en un porcentaje de un 1,5%, respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2017, con efectos desde el 01 de enero de 2018; y del 1,75% para sus retribuciones complementarias con efectos desde el 01 de julio de 2018.

También acuerda un incremento adicional de la masa salarial en un porcentaje de 0,15%, con destino a la revisión del complemento específico del puesto de Trabajador Social (genérico), modificando el mismo mediante la asignación del factor de responsabilidad, equiparando sus retribuciones a las del puesto de Trabajador Social Técnico, y unificando la denominación de ambos puestos de trabajo; todo ello de conformidad con lo previsto en el informe emitido por la Concejalía de Igualdad y Bienestar Social, del que resulta acreditado que ambos puestos de trabajo realizan funciones idénticas.

«Acordar, al amparo de las previsiones contenidas en el art. 18.Siete de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, la modificación del Complemento Especifico del puesto de Vicesecretario General, asignando al mismo el factor de “Especial Dedicación”; modificación que se justifica por la asignación al citado puesto de trabajo de nuevas funciones, consistentes en “DIRECCIÓN, COORDINACIÓN, IMPLANTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA ACTUACIÓN MUNICIPAL EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA”, y por los requerimientos establecidos para el desarrollo de las mismas; todo ello según detalle contenido en la propuesta formulada por la Concejalía encargada de los asuntos de personal y en la memoria justificativa obrante en el expediente. Asimismo, se acuerda la modificación del importe económico del factor de especial dedicación asignado a los puestos de Policía Local adscritos a Régimen de Especial Dedicación, según detalle indicado en la propuesta formulada por la Concejalía encargada de los asuntos de personal y en la memoria justificativa obrante en el expediente, dado que la determinación del importe económico del citado factor del complemento especifico se encuentra vinculado al valor de la hora ordinaria de trabajo correspondiente a Agente de Policía Local».

En lo que respecta a la aprobación inicial de la modificación de la R.P.T. de este Ayuntamiento, acordada a través del transcrito acuerdo plenario, se somete el expediente a exposición pública, por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, que serán resueltas por el Pleno de la Corporación; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del RDLeg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En caso de que no se presente reclamación alguna, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo que hasta entonces era provisional.