Los hechos ocurrieron en Almerimar en el año 2007, si bien el juez accede a la suspensión de la pena privativa de libertad por un plazo de dos años con la condición de que no vuelvan a delinquir en ese periodo
EUROPA PRESS / 14·05·2017
El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a dos empresarios y hermanos entre sí, responsables de una empresa de construcción, por la muerte de uno de sus trabajadores en el tajo después de que la compañía fuera contratada por una subcontrata para la realización de una estructura en Almerimar, en El Ejido, en 2007.
La sentencia, dictada de conformidad por las partes, absuelve a otros dos empresarios de las sociedades que sucesivamente subcontrataron los trabajos con la entidad final que tenía empleado al trabajador, un oficial de segunda encofrador a quien cayó encima una chapa de encofrado dispuesta para su limpieza que acabó con su vida.
Según el fallo, el accidente «tuvo lugar por emplear un procedimiento incorrecto de limpieza de las placas de encofrado» al haber dejado las planchas suspendidas en una grúa torre «pudiendo hacerlo con dichas placas depositadas completamente en el suelo», así como por una «colocación incorrecta de la eslinga en el gancho de la grúa torre».
Asimismo, el trabajador accidentado, que murió con 43 años dejado una mujer y dos hijos, «no había recibido ningún tipo de formación, ni información en materia de prevención de riesgos laborales», por lo que los «responsables» de ello son sus empleadores directos.
Ante esto, el juez condena a los dos empresarios por un delito contra los derechos de los trabajadores a tres meses de prisión y a una multa de 360 euros cada uno, y por un delito de homicidio imprudente a 240 euros cada uno, si bien el juez accede a la suspensión de la pena privativa de libertad por un plazo de dos años con la condición de que no vuelvan a delinquir en ese periodo.
La sentencia, dictada de conformidad por las partes, absuelve a otros dos empresarios de las sociedades que sucesivamente subcontrataron los trabajos con la entidad final que tenía empleado al trabajador, un oficial de segunda encofrador a quien cayó encima una chapa de encofrado dispuesta para su limpieza que acabó con su vida.
Según el fallo, el accidente «tuvo lugar por emplear un procedimiento incorrecto de limpieza de las placas de encofrado» al haber dejado las planchas suspendidas en una grúa torre «pudiendo hacerlo con dichas placas depositadas completamente en el suelo», así como por una «colocación incorrecta de la eslinga en el gancho de la grúa torre».
Asimismo, el trabajador accidentado, que murió con 43 años dejado una mujer y dos hijos, «no había recibido ningún tipo de formación, ni información en materia de prevención de riesgos laborales», por lo que los «responsables» de ello son sus empleadores directos.
Ante esto, el juez condena a los dos empresarios por un delito contra los derechos de los trabajadores a tres meses de prisión y a una multa de 360 euros cada uno, y por un delito de homicidio imprudente a 240 euros cada uno, si bien el juez accede a la suspensión de la pena privativa de libertad por un plazo de dos años con la condición de que no vuelvan a delinquir en ese periodo.