La Audiencia Provincial considera que el agresor, un hombre de 34 años, intentó matar a la víctima, a quien propinó un golpe en el cuello con un vaso de cristal
Audiencia Provincial de Almería. | Archivo. |
EUROPA PRESS / 24·06·2016
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años de prisión a un hombre de 34 años que intentó matar en una discoteca, de la ciudad de Almería, a un joven de 24 años, a quien propinó un golpe en el cuello con un vaso de cristal que le provocó la sección de la vena yugular y de la arteria carótida.
El tribunal de la Sección Tercera considera a J.M.F.M. autor de un delito de homicidio en grado de tentativa ya que, según señala, la herida que le causó en la agresión comprometió «gravemente» la vida de la víctima debido a la «fuerte hemorragia», si bien pudo salvar la vida gracias a la rápida intervención de los servicios sanitarios.
Asimismo, la sentencia remarca que el procesado, quien asumió que su conducta podría haberle causado la muerte al joven, no podrá acercarse a la víctima a menos de 200 metros ni a su domicilio en un periodo de diez años, al tiempo que deberá indemnizarla con 279.066,82 euros.
Los hechos se remontan a la madrugada del 22 de abril de 2012 cuando el acusado, con antecedentes penales por lesiones, y la víctima entablaron una discusión estando ambos en el interior de una conocida discoteca ubicada en el parque Nicolás Salmerón de la capital almeriense.
Debido a esta disputa, el personal de seguridad «les invitó a salir del local para resolver sus diferencias» aunque, tras un «breve encuentro» y referirles «que solo fue una discusión», les fue permitido de nuevo el acceso al establecimiento.
No obstante, cuando ambos estaban en la entrada de la sala de fiestas, J.M.F.M., «de forma sorpresiva, con un rápido movimiento con el vaso de cristal que portaba», propinó al joven un golpe «en la zona del cuello».
La agresión ocasionó en la víctima una «fuerte hemorragia» que «comprometió gravemente su vida», ya que le afectó la vena yugular interna y la arteria carótida común izquierda, lo que derivo a su vez en «un infarto de arteria cerebral media con afectación neurológica central».
Por las lesiones sufridas, el joven precisó intervención quirúrgica inmediata, rehabilitación y tratamiento psicofarmacológico, por lo que estuvo ingresado en el complejo hospitalario de Torrecárdenas durante más de dos semanas e incapacitado para sus ocupaciones habituales un total de 130 días. No obstante, según recoge la sentencia, le quedaron como secuelas un grado de incapacidad parcial y perjuicio estético moderado en grado superior.
Si bien, la Audiencia Provincial absuelve al procesado de la comisión de un falta de maltrato por la que el fiscal pedía 20 días de multa a razón de 12 euros, ya que no considera que haya quedado acreditado que antes de «marcharse apresuradamente del local», hubiese propinado un «golpe en el pecho» a un chica que le recriminó lo que había hecho.
El tribunal de la Sección Tercera considera a J.M.F.M. autor de un delito de homicidio en grado de tentativa ya que, según señala, la herida que le causó en la agresión comprometió «gravemente» la vida de la víctima debido a la «fuerte hemorragia», si bien pudo salvar la vida gracias a la rápida intervención de los servicios sanitarios.
Asimismo, la sentencia remarca que el procesado, quien asumió que su conducta podría haberle causado la muerte al joven, no podrá acercarse a la víctima a menos de 200 metros ni a su domicilio en un periodo de diez años, al tiempo que deberá indemnizarla con 279.066,82 euros.
Los hechos se remontan a la madrugada del 22 de abril de 2012 cuando el acusado, con antecedentes penales por lesiones, y la víctima entablaron una discusión estando ambos en el interior de una conocida discoteca ubicada en el parque Nicolás Salmerón de la capital almeriense.
Debido a esta disputa, el personal de seguridad «les invitó a salir del local para resolver sus diferencias» aunque, tras un «breve encuentro» y referirles «que solo fue una discusión», les fue permitido de nuevo el acceso al establecimiento.
No obstante, cuando ambos estaban en la entrada de la sala de fiestas, J.M.F.M., «de forma sorpresiva, con un rápido movimiento con el vaso de cristal que portaba», propinó al joven un golpe «en la zona del cuello».
La agresión ocasionó en la víctima una «fuerte hemorragia» que «comprometió gravemente su vida», ya que le afectó la vena yugular interna y la arteria carótida común izquierda, lo que derivo a su vez en «un infarto de arteria cerebral media con afectación neurológica central».
Por las lesiones sufridas, el joven precisó intervención quirúrgica inmediata, rehabilitación y tratamiento psicofarmacológico, por lo que estuvo ingresado en el complejo hospitalario de Torrecárdenas durante más de dos semanas e incapacitado para sus ocupaciones habituales un total de 130 días. No obstante, según recoge la sentencia, le quedaron como secuelas un grado de incapacidad parcial y perjuicio estético moderado en grado superior.
Si bien, la Audiencia Provincial absuelve al procesado de la comisión de un falta de maltrato por la que el fiscal pedía 20 días de multa a razón de 12 euros, ya que no considera que haya quedado acreditado que antes de «marcharse apresuradamente del local», hubiese propinado un «golpe en el pecho» a un chica que le recriminó lo que había hecho.