Mojácar prohíbe las despedidas de soltero con «muñecas hinchables»

El Ayuntamiento aprueba una nueva ordenanza municipal que permitirá multar a quienes celebren estas fiestas mostrando actitudes «indecorosas»


La alcaldesa del municipio de Mojácar, Rosa María Cano.

EUROPA PRESS / 27·05·2016

El Ayuntamiento de Mojácar ha aprobado, definitivamente, una ordenanza reguladora de convivencia y ciudadanía con la que pretende poner límites a «actitudes» y «vestimentas» que sean «disonantes» con la imagen del municipio, de forma que, entre otras cuestiones, se multará a quienes celebren sus despedidas de soltero mostrando actitudes «indecorosas» con «muñecas hinchables».

La alcaldesa del municipio, Rosa María Cano, ha aclarado que este aspecto no implica la prohibición de este tipo de celebraciones. «Sería antidemocrático, Mojácar es un pueblo hospitalario y estamos encantados de que la gente venga», ha apuntado la primera edil, quien ha señalado que la ordenanza busca compatibilizar estas cuestiones con el turismo «familiar», ya que las despedidas de soltero «empiezan a las doce del mediodía en sitios en los que hay niños».

La ordenanza, que también regula otras cuestiones como el uso de patinetes en la calzada, jugar con una pelota «a horas intempestivas» o ir en bañador y sin camiseta por la vía pública, contempla multas de hasta 1.000 euros de sanción para quienes incumplan las normas.

Así, prohíbe transitar o permanecer desnudo en la vía pública y pasear por la calle «con vestimentas atuendos o disfraces que puedan atentar contra la dignidad de las personas, los sentimientos religiosos o tengan un contenido xenófobo, racista, sexual, sexista, homófobo o que suponga menosprecio hacia cualquier condición o circunstancia personal o social, salvo en las fiestas de carnavales».

Estas acciones serán consideradas como faltas leves bajo multa de entre 100 y 300 euros, si bien podrán pasar a ser graves cuando se realicen en espacios «de concurrida afluencia de personas o frecuentados por menores» o cuando se haga «en monumentos o edificios catalogados o protegidos», casos en los que la sanción podrá llegar hasta los 1.000 euros.

Asimismo, se impide la utilización de escalinatas urbanas para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas, barandillas, bancos, pasamanos, farolas, árboles o cualquier otro elemento del mobiliario urbano para realizar acrobacias; actividades todas ellas vinculadas a la práctica del 'parkour'.

La ordenanza ha salido adelante con los votos del equipo de gobierno del PP y el rechazo de los tres grupos de la oposición.