Absuelta de malos tratos a su hija menor

La niña reconoció en el juicio que denunció haber sido golpeada por la madre porque "quería estar con su padre"



ALMERÍA HOY / 01·11·2022

Una juez de Almería ha absuelto a una mujer que se enfrentaba a un año de prisión después de que su hija menor de edad reconociese en la vista oral que había dicho que la había golpeado con una toalla en el ojo porque "quería estar con su padre".

La sentencia, consultada por EFE, señala que la acusada convive con su hija, ya que desde que un juzgado aprobó el divorcio de la mujer y el padre de la menor la niña quedó bajo la guarda y custodia de la progenitora, si bien al hombre se le reconoció un régimen de visitas.

Precisa que sobre las 15:00 horas del 4 de junio de 2019, tras recoger a su hija del colegio, se inició una discusión en el domicilio familiar, pero la juez no considera acreditado que la acusada golpease con una toalla enrollada en el rostro de la menor.

La magistrada recuerda que durante la vista oral la acusada negó esta agresión y añadió que la denuncia "pudo interponerla su expareja y padre de la menor, debido a la mala relación existente entre ambos" a partir del divorcio.

La propia niña, que tiene 11 años en la actualidad, explicó durante el juicio que en ese momento tenía ocho años y "quería estar con su padre, porque él no le regañaba y la llevaba al parque y a otros sitios, como los demás niños", y negó que su madre le hubiese pegado, por lo que indicó que la herida que tenía en el ojo se debía a que "le picó algo, se lo inventó y su padre la llevó al médico".

Sobre la declaración del padre en la fase de instrucción, la juez apunta que es un "testimonio de referencia", puesto que narró "unos hechos que le contó su hija y que han sido desmentidos por esta en el plenario".

Y respecto a la documental médica, precisa que por sí sola no acredita que la herida que presentaba la niña fuese ocasionada por su madre en los términos descritos en el escrito de acusación del fiscal, que además de un año de prisión pedía una orden de alejamiento de 200 metros y una indemnización de 90 euros.

La mujer ha resultado absuelta del delito de malos tratos en el ámbito familiar por el que se encontraba acusada y la juez ha dejado sin efecto las medidas cautelares impuestas de forma previa.