Enfermo mental pega al hijo y manda al hospital al padre

La sentencia exime de maltrato y lesiones al agresor por entender que es una persona enajenada, pero le condena a indemnizar a una de las víctimas con 7.000 euros




ALMERÍA HOY / 06·06·2018

El Juzgado de lo Penal 1 de Almería ha absuelto a J.P.G, de 48 años y enfermo mental, de sendos delitos de lesiones y de malos tratos, si bien le condena a indemnizar a una de sus víctimas con 7.000 euros.

La sentencia, consultada por este medio, estima como hechos probados que el acusado, «quien padece una enfermedad mental que anulaba su capacidad de discernimiento, sobre las 18.00 horas del día 19 de diciembre de 2016, en la c/ Maestría de Almería y tras una pequeña discusión verbal, procedió a golpear a un joven, llegando al lugar el padre de éste, al que golpeó fuertemente, causándole lesiones que para curar necesitaron además de la primera asistencia médica, tratamiento médico, e hicieron que el lesionado estuviese incapacitado para sus ocupaciones habituales durante 117 días, con hospitalización de 3 días».

No obstante, el fallo expone que la absolución se produce «con la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal eximente completa de enajenación mental».