Condena superior a cuatro años por atracar a deportistas con palos y piedras en el Parque del Andarax

El fallo, sobre el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, condena además al acusado, con antecedentes penales, por dos delitos leves de lesiones


Imagen de archivo del Parque del Andarax.

EUROPA PRESS / 12·03·2017

El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a un joven de 23 años a cuatro años y nueve meses de prisión por un delito de robo con violencia agravado por el uso de instrumento peligroso después de que, en compañía de una segunda persona que no ha podido ser identificada, atracara a dos deportistas junto al Parque del Andarax con palos y piedras para hacerse con sus pertenencias antes de intentar robarles la moto.

El fallo, sobre el que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, condena además al acusado, con antecedentes penales, por dos delitos leves de lesiones al pago de una multa total de 360 euros, que se suman a la indemnización de 1.299 euros que deberá abonar en su conjunto a las víctimas por las lesiones sufridas y el valor de los objetos sustraídos.

De acuerdo con la sentencia, el juez declaró probado que el acusado se encontraba en compañía de otra persona sobre las 23.30 horas del 16 de agosto del pasado año en las afueras del parque del Andarax, donde, «con la intención de incrementar de modo ilícito su patrimonio» abordaron a las víctimas con una barra de madera y una piedra para que les entregaran todo lo que portaban o se llevarían la moto con la que se habían desplazado hasta el lugar.

Pese a que los perjudicados les dijeron que no llevaban nada encima, el acusado y su acompañante comenzaron a agredirles por el cuerpo y por la cabeza que, previamente, las víctimas habían tenido tiempo de protegerse con sus cascos. Ante el temor de sufrir males mayores, uno de los agredidos entregó su teléfono móvil al acusado, quien se dio a la fuga junto a su compinche.

El juez Fermín Javier Villarrubia tilda en sus fundamentos de «persistente», «verosímil» y «sin vaguedades ni contradicciones» la declaración del perjudicado al que golpeó el acusado y que quedó corroborada por el segundo testigo frente a las explicaciones ofrecidas por el procesado, quien no pudo demostrar que estuviera en su vivienda en el momento de los hechos.

El principal testigo narró que acudió junto a su amigo a hacer deporte al parque contiguo al parque del Andarax, de forma que vieron a «dos individuos paseando» y luego «escucharon un ruido como del bloqueo de su ciclomotor», de forma que al ir a ver la moto —para lo que ya se habían puesto los cascos— aparecieron los dos individuos que se habían escondido y les agredieron.

En esta línea, la víctima aseguró que pudo reconocer al acusado «en un 80 o 90 por ciento» pese a que era de noche y que tenía la cara tapada con una camiseta, puesto que había luna llena, lo que le permitía distinguir con claridad, al tiempo que podía verse parcialmente el rostro del acusado, ya que quedaban al descubierto la nariz, los pómulos y los ojos.

El magistrado ha interesado que el condenado permanezca en prisión provisional hasta que se alcance la firmeza de la sentencia, que la que aplica la agravante de reincidencia por una condena anterior, si bien una vez sea así, permitirá la sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del territorio nacional por un periodo de diez años.