He sufrido un accidente, ¿y ahora qué?

Respuestas rápidas a todas esas preguntas que no nos formulamos hasta que salimos del coche maldiciendo nuestra suerte


Accidente de tráfico en EEUU, 1923.

ANDRÉS MAGAÑA / 23·10·2016

Verse implicado en un accidente de circulación es una situación imprevista que afecta a la capacidad de reacción de las personas, lo que hace más compleja la toma de decisiones. Por ello es necesario, en la medida de lo posible, mantener la calma y priorizar las acciones que debemos realizar.

En primer lugar, no debemos perder el tiempo en discusiones inútiles sobre quién es el responsable o quién se hará cargo de los daños, ya que, en ningún caso reducirá o solucionará los efectos del accidente.

Una vez que se ha sufrido una colisión, lo principal es señalizar el lugar de la misma y asegurarse de que no hay víctimas. En el caso de que las hubiera, deberemos prestarles asistencia de manera inmediata y llamar a los servicios de emergencias —telefoneando a los números 061 o 112—. De no haberlas, procederemos a restablecer la circulación apartando de la vía los vehículos implicados. En este sentido, resulta aconsejable tomar antes algunas fotografías o, cuando menos, marcar la posición de los vehículos trazando una ele con tiza en cada una de las esquinas.

Se puede rellenar un parte amistoso cuando únicamente se hayan producido daños materiales, exista o no acuerdo sobre la forma en que han ocurrido los hechos, y siempre que no se hayan visto afectados vehículos estacionados u otros bienes patrimoniales de terceros no implicados en el accidente. Sin embargo, cuando los daños materiales son de consideración o existen daños personales, es necesario llamar a la Policía Local para que instruya las diligencias oportunas. En caso de haber llamado al teléfono 112, este servicio de emergencias se encarga de movilizar los medios sanitarios y policiales necesarios.

En este punto, conviene recordar que en el caso de reclamar la presencia de la Policía Local o la Guardia Civil, los agentes se verán obligados a sancionar a aquella parte que haya cometido alguna infracción.

Por último, si las circunstancias aconsejan rellenar un parte amistoso, no olvides tomar nota de todos los vehículos implicados, así como de los datos de sus conductores y aseguradoras para poder remitirlo posteriormente a tu propia compañía de seguros. Es muy importante que el parte amistoso sea firmado por ambos conductores, de lo contrario carecerá de validez.

He presenciado un accidente, ¿qué hago?

• No te precipites a la hora de prestar auxilio, lo primero es avisar a los demás automovilistas que circulan por la vía para evitar que aumente el número de involucrados. Mantén la calma, piensa en tu seguridad y la de los demás usuarios.

• Avisa al cuerpo de seguridad competente —Policía Local (092) o Guardia Civil (062)— y a los servicios sanitarios de urgencia (112).

• Cierra el contacto de los vehículos accidentados, teniendo en cuenta si se han activado los airbags.

• Al atender a los heridos, evita mover a aquellos que se encuentren atrapados. Tampoco es conveniente mover a los que estén inconscientes, resulta preferible esperar a que acudan los servicios sanitarios. Aplica las técnicas de primeros auxilios sólo cuando las conozcas bien, en caso contrario mejor NO tocar.

• Toma nota de cualquier vehículo involucrado que abandone el lugar del siniestro.

• Facilita todos los datos que haya obtenido a los agentes cuando se personen.

• Colabora con los agentes y con los servicios sanitarios.


Siniestro con víctimas o heridos

Debemos tener presente que en caso de accidente mortal o con heridos, tenemos la obligación legal de permanecer en el lugar de los hechos, así como de regresar hasta él si nos hubiésemos ausentado para pedir ayuda o por alguna otra causa de fuerza mayor.

La actuación prioritaria estará siempre encaminada a auxiliar o solicitar auxilio para las víctimas, prestando nuestra colaboración para evitar mayores daños o peligros, señalizando el lugar del accidente si fuera necesario con los triángulos de preseñalización de peligro o los medios de que se disponga.

Una vez hecho esto, la ley nos obliga a informar de inmediato a la Policía Local, cuando el accidente se haya producido en una vía urbana, o la Guardia Civil, en el caso de las vías interurbanas. Mientras llegan, deberemos evitar que se altere la posición final de los vehículos, así como las huellas y restos del accidente, siempre y cuando esto no suponga mayores riesgos para el resto de vehículos que circulen por la zona.

De igual modo, en tanto llega la asistencia sanitaria, evitaremos actuaciones inadecuadas, como mover a las personas lesionadas, manipular sus heridas o darle líquidos o alimentos de cualquier tipo.

Si por las circunstancias del accidente fuese preciso moverlos antes de que llegue el personal sanitario, procuraremos siempre inmovilizar el cuello, protegiéndolo en todo momento. Ante la falta de un collarín cervical, colocaremos ropa o arena a los lados —nunca debajo— del cuello y cabeza del herido.

Además, revisaremos las vías respiratorias para evitar su asfixia por la obstrucción de la lengua, para lo cual conviene mantener elevado el mentón, procediendo a practicarle maniobras de respiración artificial en caso de necesidad. Llegados a este punto, deberemos examinar la boca del herido en busca de elementos que puedan dificultar el paso del aire, como dentaduras postizas, chicles, restos de alimentos, etc.

Bajo ningún concepto debemos trasladar a un herido en accidente de tráfico si no disponemos de un vehículo adecuado para tal fin, y en cualquier caso inmovilizaremos siempre el eje cabeza-cuello-tronco. Ante todo, debemos tener muy claro que si no sabemos cómo atender a un herido, lo mejor que podemos hacer por él es no tocarlo.

Por último, en accidentes de carácter graves es posible que la Policía Local, en el transcurso de su investigación, necesite de tu colaboración. Colabora siempre que seas requerido, es un acto de civismo que posibilitará un resultado más justo.


Siniestro sin víctimas o heridos

Si nos vemos involucrados en un accidente sin heridos, no estamos obligados a ponerlo en conocimiento de la Policía Local —o la Guardia Civil—, pudiendo llegar a un arreglo amistoso con la otra parte.

No obstante, si observásemos que cualquiera de los implicados trata de eludir su responsabilidad, o si sospechamos que pudiera encontrarse bajo la influencia de las drogas o el alcohol, requeriremos la presencia de la Policía Local.

No intentes eludir tu responsabilidad. En algunos casos darse a la fuga puede ser un hecho constitutivo de delito y siempre es, cuando menos, objeto de sanción administrativa. Con independencia de ello, es un acto de insolidaridad que merece el reproche social.

El implicado en un accidente está obligado a facilitar al resto de los involucrados su identidad y domicilio, así como los demás datos del vehículo, pudiendo facilitarlos por sí mismo, o a través de los agentes de la autoridad.

En cualquier caso, si se causaren daños materiales a cualquier vehículo estacionado y su conductor o titular no estuvieren presentes, la ley obliga a que se proporcionen por cualquier medio, de la forma más rápida posible, los datos personales, castigándose como infracción administrativa la omisión de este deber.

De igual modo, la ley obliga a cualquier persona —sea conductor o no— que presencie un accidente a ponerlo en conocimiento de la Policía, a no ser que éstos ya se hubiesen personado en el lugar del accidente.

Si eres testigo de un accidente en el que el conductor se da a la fuga, anota su número de matrícula, así como el mayor número de detalles que te sea posible —marca, modelo, color, etc.—, y facilítaselos a la Policía Local. El damnificado agradecerá tu colaboración y la Policía mantendrá tu anonimato siempre que así lo desees.


Andrés Magaña es oficial de la Policía Local de Vera.