Polémica en Mojácar por la aprobación de la ordenanza «fascista» que prohíbe los penes en las cabezas

El portavoz socialista en la localidad tilda a la alcaldesa popular de «retrógrada» y «caudilla», y advierte de las consecuencias para el turismo local


Imagen de archivo de un pleno celebrado en Mojácar.

ALMERÍA HOY / 26·11·2015

El Ayuntamiento de Mojácar ha aprobado la ordenanza municipal reguladora de convivencia ciudadana y prevención de actos incívicos, que ha sido calificada por el portavoz socialista en el municipio, Manuel Zamora, de «fascista». En declaraciones a ALMERÍA HOY, Zamora asegura que esta iniciativa va a afectar «negativamente» al turismo, «principal fuente de riqueza de Mojácar».

Según ha explicado el socialista, «una ordenanza así en un pueblo como Mojácar es un disparate» ya que, según indica, «prohíbe cosas como la mendicidad, ir vestido de despedida de soltero, a los comerciantes les impide que muestren su productos en la vía pública o incluso a los niños jugar con monopatín por la calle», por lo que, a su juicio, se trata de una ordenanza «fascista».

Así, la ordenanza de la discordia prohíbe, según el texto de la propia normativa, «transitar o permanecer desnudo en la vía pública salvo que medie autorización para zonas concretas mediante Resolución de Alcaldía. Asimismo, queda prohibido transitar o estar en los espacios públicos, incluidos los transportes e instalaciones públicas, en bañador, salvo en las piscinas, playas y chiringuito»

También y salvo en fechas de carnaval, queda prohibido «pasear por la calle con vestimentas, atuendos o disfraces que puedan atentar contra la dignidad de las personas, los sentimientos religiosos o tengan un contenido xenófobo, racista, sexual, sexista, homófobo o que suponga menosprecio hacia cualquier condición o circunstancia personal o social».

Tras la aprobación de la ordenanza, las conductas descritas «tendrán la consideración de infracciones leves y serán sancionadas con multas de 100 a 300 euros». Además, cuando dichas acciones se realicen «en espacios de concurrida afluencia de personas o frecuentados por menores, o cuando se haga en monumentos o edificios catalogados, tendrán la consideración de infracciones graves y serán sancionadas con multa de 300,10 euros a 1.000 euros».

Por su parte y mediante un comunicado, desde el Ayuntamiento mojaquero indican que «esta ordenanza «está orientada, principalmente, a los meses en los que Mojácar ve incrementada notablemente su población, y tiene como único objetivo asegurar el merecido puesto que Mojácar tiene en el mapa turístico como destino familiar y con encanto, así como lugar vacacional por excelencia».