Siete años de cárcel por robar «brutalmente» junto a dos menores para comprar droga

Las condenas son para dos jóvenes de 23 y 21 años, uno de ellos reincidente al haber sido condenado por hechos similares en septiembre de 2012


Fachada principal de la Ciudad de la Justicia de la capital almeriense.
EUROPA PRESS / 13·07·2015

El Juzgado de lo Penal 2 de Almería ha condenado a penas de siete años, y de seis años y ocho meses de prisión a dos jóvenes que, junto a dos menores de edad, abordaron a un hombre por la calle y lo llevaron hasta un descampado de Retamar, donde le agredieron con «brutalidad» para robarle y le amenazaron con «pincharle» con una navaja si no les daba el código pin de la tarjeta de crédito.

Los acusados, de 23 y 21 años, no pudieron extraer finalmente dinero, ya que el cajero automático se quedó con la tarjeta, aunque ocasionaron a la víctima policontusiones, así como fracturas de menisco y ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha —por la que aún está pendiente de intervención quirúrgica— si bien los hechos se remontan al 2 de septiembre de 2014.

El fallo condena a E.L.L. y a J.M.B.A. como autores de sendos delitos de robo con violencia y de lesiones con la agravante de abuso de las circunstancias de tiempo y lugar ya que, según remarca, el atraco se perpetró «en un descampado por el que no transitaba nadie y con escasa iluminación», lo que fue «buscado» por ellos como forma de «facilitar su impunidad». Al primero le aplica, además, la agravante de reincidencia, ya que fue condenado por otro delito igual en septiembre de 2012.

Los acusados, junto con dos menores que ya fueron condenados y reconocieron los hechos en juicio, abordaron a las 01:00 horas del 2 de septiembre del pasado año a la víctima cuando caminaba por la calle Juegos de Casablanca, en la barriada de El Toyo-Retamar, y lo llevaron hasta un descampado cercano.

Una vez allí, le exigieron que les entregase los efectos que portaba y, como se negó, «comenzaron a golpearle hasta que definitivamente consiguieron hacerse con la cartera en la que tenía una tarjeta bancaria, documentación, una cantidad de dinero no determinada y un teléfono móvil».

A continuación, le instaron a que les dijera el número pin de la tarjeta, y «tras diversos golpes», la víctima accedió aunque les facilitó cuatro dígitos «erróneos». Cuando los atracadores comprobaron el engaño, volvieron al descampado donde el grupo le mantenía retenida y «le compelieron a que les diera el número correcto, manifestándole E.L.L. «o me das el código o te pincho», esgrimiendo una navaja, por lo que consintió».


«Una mala idea»

La juez considera acreditado que ambos participaron de forma activa en el robo, pese a que J.M.B.A. lo negó y alegó que estaba «colocado», ya que ese estado «no influyó en su decisión de tomar parte en la acción, pues en juicio reconoció que pensó que era una mala idea», por lo que tuvo «ocasión de recapacitar» sobre lo que iban a hacer y «a pesar de ello, actuó con independencia de si lo que pretendían con el robo era comprar más droga y así seguir consumiendo».

Califica, en esta línea, de «poco creíble» la declaración de E.L.L. por «numerosas contradicciones», y señala que resulta «incongruente» que afirmase «que no se acordaba de nada pero que si recordaba que no lo había hecho, que ese día estuvo con los otros tres acusados».

La juez sostiene, asimismo, que J.M.B.A. luego reconoció que «sujetó» a la víctima pero que «no le golpeó» e, incluso, aseguró «que los menores fueron los que más golpearon» cuando, en instrucción, apunta que había sido E.L.L. «quien había dado el primer golpe».

Rechaza, por otro lado, tal y como sostenían las defensas, que las lesiones ocasionadas a la víctima fueran de «pronóstico leve» y destaca que «lo cierto es que fueron graves hasta el punto de necesitar tratamiento médico, inmovilización y estar pendiente de intervención quirúrgica». También descarta tener en cuenta la escasa entidad de los robado dada la «violencia y la brutalidad» que ejercieron en la agresión.

La sentencia también desestima la atenuante de confesión interesada para E.L.L., a quien la víctima apuntó como la persona que llevaba la navaja en la mano, ya que fue «únicamente cuando estaba detenido y reconocido cuando se limitó a señalar a los otros autores y a colaborar en cierta medida», y se aviene a las penas solicitadas por el fiscal, que pidió que ambos indemnizasen conjunta y solidariamente en 184,50 euros.