El TSJA rechaza anular la legalización del Algarrobico

La Junta de Andalucía y el Estado habían solicitado la anulación del fallo que declara legal la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol



EUROPA PRESS / 06·05·2015

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado anular la sentencia por la que se declaró legal la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras. La resolución es firme sin esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS) acerca de si el suelo sobre el que se asienta la edificación es urbanizable o de especial protección medioambiental.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo desestima los incidentes de nulidad promovidos por la Junta de Andalucía y las organizaciones Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar, a los que se adhirió la Abogacía del Estado, y sostiene que no se ha producido «ninguna» vulneración de derechos fundamentales, ya que para fallar en este sentido, se analizaron «extensa y exhaustivamente» las alegaciones que argumentaban que el hotel se construyó en espacio no urbanizable e invadiendo la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, fijada en 100 metros.

Ambos autos censuran tanto la postura de la Junta como de la Abogacía del Estado. Así, a la primera le dice que, cuando solicitó en 2005 la revisión de oficio de la licencia de obras concedida en 2003 al entender que concurría causa de nulidad, «admitió e invocó explícitamente la existencia de un planeamiento urbanístico desarrollado con todos los requisitos con respecto a los terrenos para los que se concedió», y que lo que sostuvo fue «que la licencia había vulnerado precisamente ese planeamiento».

A la Abogacía del Estado le traslada que, en primera instancia, «ni sostuvo que la licencia fuera nula de pleno derecho, ni afirmó explícitamente que se produjera vulneración alguna de la legislación de Costas, como se compadece del hecho de que ni impugnó la licencia ni apoyó explícitamente su revisión de oficio», y remarca que la posición de la Dirección General de Costas en el procedimiento se resume en un informe que, según dice, «evidencia la conformidad de la Administración del Estado con la revisión de las Normas Subsidiarias (NNSS) en cuya aplicación se otorgó la licencia» a la promotora Azata del Sol.