Se activa también el Registro municipal de vehículos autorizados para el acceso, circulación y estacionamiento en la ZBE
ALMERÍA HOY / 01·01·2025
Como se viene anunciando desde hace unos días, a partir de este 1 de enero entra en vigor, de acuerdo a la normativa vigente y la ordenanza reguladora, la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) para todos aquellos municipios de más de 50.000 habitantes, queda activada en todos sus ámbitos de aplicación, tanto geográfico como en lo que respecta a su régimen sancionador, tras un año completo de moratoria.
Será pues a partir de hoy cuando la capital tendrá un área con limitaciones al tráfico, como se recoge en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, desarrollada mediante ordenanza según, en este caso, al Real Decreto 1052/2022 de 27 diciembre. Este ámbito territorial, aprobado junto a la Ordenanza Reguladora en 2023, queda delimitado por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina por su sector este, englobando el Casco Histórico y la zona de Pescadería.
El acceso y tránsito por la ZBE quedará controlado en primera instancia por Policía Local, inicialmente informando a conductores y residentes respecto de la aplicación de esta nueva situación, y de forma principal con la puesta en servicio de hasta dieciocho cámaras encargadas de controlar el acceso regulado a esta zona con lectura de las matrículas.
Los pasos de acceso a la ZBE se ubicarán, señalizados, en las calles Cuesta del Muelle, Cordoneros, Avda del Mar, calle Hernández, Poniente, Alborán, Hospital, Plaza Muñoz dirección a calle Márquez, calle Quevedo y calle Almanzor; mientas que las salidas se harán por las calles Cara, Sales, Puerta Socorro, Chafarinas, Santa Cruz, Atarazanas, Almedina y Avda del Mar.
En este sentido, se ha creado el Registro municipal de vehículos autorizados para el acceso, circulación y estacionamiento en la Zona de Bajas Emisiones, desde las 8,00 horas hasta las 20,00 horas.
El acceso a esta información así como para la inscripción en este Registro se puede consultar y/o realizar en la web municipal www.almeriaciudad.es a través del enlace https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000020632546407773
¿Puedo circular por la ZBE?
Todos los vehículos con distintivo ambiental (0, ECO, C y B), ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, vehículos históricos y aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren de alta, en el municipio de Almería, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT). En todos estos casos no es necesaria presentar documentación acreditativa para poder circular aunque se recomienda la obtención y colocación del distintivo ambiental.
Además, sin distintivo ambiental, podrán acceder también vehículos que prestan servicios médicos, funerarios, protección civil, vehículos del Servicio de Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, transporte público colectivo, autoescuelas, así como aquellos destinados a servicios generales y públicos básicos (limpieza, retirada de residuos, mantenimiento, obras, zonas verdes…). En estos supuestos tendrán que presentar documentación acreditativa cuando el vehículo no tenga distintivo o no esté en situación de alta según los datos de la DGT, presentando en todos los casos la administración o empresa listado de matrículas y servicios descritos, un procedimiento que se realizará mediante formulario a través de la web municipal (www.almeriaciudad.es)
En los mismos términos la autorización lo será para titulares de comercios/hosterlería/hoteles, vehículos destinados a la distribución de mercancías o al reparto a domicilio o propietarios de garajes, solicitud que tendrá que realizarse a través de la web municipal, en el caso de los propietarios de garajes adjuntando matrículas o listado de matrículas y direcciones de garajes.
Entre los supuestos de aplicación de la ZBE se incluyen también vehículos sin distintivo ambiental de propiedad del titular de tarjeta de persona con movilidad reducida (PMR) o con el que se desplace habitualmente, lo conduzca o no, y aquellos vehículos que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porque necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE (talleres, hospitales, hoteles)...En estos casos, empresas y/o titulares de vehículos deberán presentar en el Registro Municipal también la solicitud de inscripción en el registro de ZBE.
Recordar, por último, que a partir de este 1 de enero, finalizada la moratoria respecto al régimen sancionador, se considerará como infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200 euros.
Será pues a partir de hoy cuando la capital tendrá un área con limitaciones al tráfico, como se recoge en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética, desarrollada mediante ordenanza según, en este caso, al Real Decreto 1052/2022 de 27 diciembre. Este ámbito territorial, aprobado junto a la Ordenanza Reguladora en 2023, queda delimitado por el Cerro de San Cristóbal y la calle de La Reina por su sector este, englobando el Casco Histórico y la zona de Pescadería.
El acceso y tránsito por la ZBE quedará controlado en primera instancia por Policía Local, inicialmente informando a conductores y residentes respecto de la aplicación de esta nueva situación, y de forma principal con la puesta en servicio de hasta dieciocho cámaras encargadas de controlar el acceso regulado a esta zona con lectura de las matrículas.
Los pasos de acceso a la ZBE se ubicarán, señalizados, en las calles Cuesta del Muelle, Cordoneros, Avda del Mar, calle Hernández, Poniente, Alborán, Hospital, Plaza Muñoz dirección a calle Márquez, calle Quevedo y calle Almanzor; mientas que las salidas se harán por las calles Cara, Sales, Puerta Socorro, Chafarinas, Santa Cruz, Atarazanas, Almedina y Avda del Mar.
En este sentido, se ha creado el Registro municipal de vehículos autorizados para el acceso, circulación y estacionamiento en la Zona de Bajas Emisiones, desde las 8,00 horas hasta las 20,00 horas.
El acceso a esta información así como para la inscripción en este Registro se puede consultar y/o realizar en la web municipal www.almeriaciudad.es a través del enlace https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000020632546407773
¿Puedo circular por la ZBE?
Todos los vehículos con distintivo ambiental (0, ECO, C y B), ciclos, bicicletas y vehículos de movilidad personal, vehículos históricos y aquellos que, sin distintivo ambiental, se encuentren de alta, en el municipio de Almería, en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT). En todos estos casos no es necesaria presentar documentación acreditativa para poder circular aunque se recomienda la obtención y colocación del distintivo ambiental.
Además, sin distintivo ambiental, podrán acceder también vehículos que prestan servicios médicos, funerarios, protección civil, vehículos del Servicio de Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, transporte público colectivo, autoescuelas, así como aquellos destinados a servicios generales y públicos básicos (limpieza, retirada de residuos, mantenimiento, obras, zonas verdes…). En estos supuestos tendrán que presentar documentación acreditativa cuando el vehículo no tenga distintivo o no esté en situación de alta según los datos de la DGT, presentando en todos los casos la administración o empresa listado de matrículas y servicios descritos, un procedimiento que se realizará mediante formulario a través de la web municipal (www.almeriaciudad.es)
En los mismos términos la autorización lo será para titulares de comercios/hosterlería/hoteles, vehículos destinados a la distribución de mercancías o al reparto a domicilio o propietarios de garajes, solicitud que tendrá que realizarse a través de la web municipal, en el caso de los propietarios de garajes adjuntando matrículas o listado de matrículas y direcciones de garajes.
Entre los supuestos de aplicación de la ZBE se incluyen también vehículos sin distintivo ambiental de propiedad del titular de tarjeta de persona con movilidad reducida (PMR) o con el que se desplace habitualmente, lo conduzca o no, y aquellos vehículos que requieren una autorización de carácter diario o bien temporal porque necesitan acceder esporádicamente dentro de la ZBE (talleres, hospitales, hoteles)...En estos casos, empresas y/o titulares de vehículos deberán presentar en el Registro Municipal también la solicitud de inscripción en el registro de ZBE.
Recordar, por último, que a partir de este 1 de enero, finalizada la moratoria respecto al régimen sancionador, se considerará como infracción grave el no respetar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento establecidas en las ZBE. Esta infracción será sancionada con multa de 200 euros.