El juez considera probado que el condenado se acercó a la víctima “guiado por el ánimo de acabar con la vida” de la mujer
ALMERÍA HOY / 02·10·2024
La Audiencia de Almería ha impuesto una pena de ocho años de cárcel a un hombre que intentó matar a la que fue su compañera sentimental, a quien asestó seis puñaladas en un parque de Almería capital.
La sentencia señala que el procesado se presentó sobre las 22:30 horas del 19 de junio de 2022 en el parque del barrio de Piedras Redondas, en el que se encontraba su expareja, acompañada por otras personas.
El hombre, que llevaba consigo varios cuchillos, se acercó a la víctima y, “guiado por el ánimo de acabar con la vida” de la mujer, comenzó a apuñalarla de forma reiterada.
La víctima tuvo que cubrirse con las manos para defenderse, mientras que sus amigos lograron arrebatar los cuchillos al acusado y que este se fuese del lugar tras forcejear con él.
La mujer sufrió diferentes heridas en el brazo izquierdo, así como en la mama de ese lado de su cuerpo, y precisó de asistencia médica, puntos de sutura, medicación y diez días para curarse.
Durante la vista oral, los forenses explicaron que las heridas sufridas, a pesar de que no suponían un “riesgo inminente para la vida de la víctima”, las ubicadas en el pecho se encontraban situadas en una zona que afectada a órganos de riesgo vital.
Asimismo, los magistrados exponen en el fallo que ha quedado “patente” la agresividad y animadversión del procesado hacia la que fue su pareja, ya que previamente había incluso ingresado en prisión por agredirla.
“La intención homicida es de igual modo evidente por la pluralidad de ataques, pues no se trata de un ataque puntual y aislado, sino que los testigos hablan de varios apuñalamientos, apreciando los médicos forenses seis heridas diferentes, que revelan por tanto seis apuñalamientos en zonas vitales”, añaden.
Sin embargo, no ven alevosía por ser “un ataque que se hace de forma frontal, lo que excluye el carácter inesperado, viendo la perjudicada al acusado acercarse”. Es más, se sostuvo por los testigos que a su llegada el acusado discutió primero con la hija de la perjudicada antes de atacar a su madre, lo que de igual modo hace desaparecer el carácter sorpresivo aludido”, apuntan.
Así, finalmente ha sido condenado a ocho años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, por el que también se impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 18 años; la medida de libertad vigilada durante cinco años, y el pago de una indemnización de 10.700 euros.
La sentencia señala que el procesado se presentó sobre las 22:30 horas del 19 de junio de 2022 en el parque del barrio de Piedras Redondas, en el que se encontraba su expareja, acompañada por otras personas.
El hombre, que llevaba consigo varios cuchillos, se acercó a la víctima y, “guiado por el ánimo de acabar con la vida” de la mujer, comenzó a apuñalarla de forma reiterada.
La víctima tuvo que cubrirse con las manos para defenderse, mientras que sus amigos lograron arrebatar los cuchillos al acusado y que este se fuese del lugar tras forcejear con él.
La mujer sufrió diferentes heridas en el brazo izquierdo, así como en la mama de ese lado de su cuerpo, y precisó de asistencia médica, puntos de sutura, medicación y diez días para curarse.
Durante la vista oral, los forenses explicaron que las heridas sufridas, a pesar de que no suponían un “riesgo inminente para la vida de la víctima”, las ubicadas en el pecho se encontraban situadas en una zona que afectada a órganos de riesgo vital.
Asimismo, los magistrados exponen en el fallo que ha quedado “patente” la agresividad y animadversión del procesado hacia la que fue su pareja, ya que previamente había incluso ingresado en prisión por agredirla.
“La intención homicida es de igual modo evidente por la pluralidad de ataques, pues no se trata de un ataque puntual y aislado, sino que los testigos hablan de varios apuñalamientos, apreciando los médicos forenses seis heridas diferentes, que revelan por tanto seis apuñalamientos en zonas vitales”, añaden.
Sin embargo, no ven alevosía por ser “un ataque que se hace de forma frontal, lo que excluye el carácter inesperado, viendo la perjudicada al acusado acercarse”. Es más, se sostuvo por los testigos que a su llegada el acusado discutió primero con la hija de la perjudicada antes de atacar a su madre, lo que de igual modo hace desaparecer el carácter sorpresivo aludido”, apuntan.
Así, finalmente ha sido condenado a ocho años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, por el que también se impone la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 18 años; la medida de libertad vigilada durante cinco años, y el pago de una indemnización de 10.700 euros.