La sentencia considera al acusado, con antecedentes penales por el mismo delito, autor de un delito de maltrato habitual agravado y otro de amenazas
EUROPA PRESS / 13·04·2017
El Juzgado de lo Penal 5 de Almería ha condenado a dos años y siete meses de prisión a un hombre de 39 años por maltratar a su compañera sentimental, a quien sometió a una «situación de abuso» y de «subordinación», y a quien hizo objeto de «humillaciones, de diversas agresiones y de insultos» delante del hijo menor de edad de ella.
F.J.P.B. impidió de este modo a la víctima, quien padece una discapacidad psíquica del 41%, la «toma libre de decisiones sobre su vida personal y laboral», ya que la «aisló de su entorno familiar y social, controlándole sus horarios y salidas, las llamadas telefónicas y el dinero de ambos».
La sentencia considera al acusado, con antecedentes penales por violencia machista, autor de un delito de maltrato habitual agravado y otro de amenazas, ambos en el ámbito de la violencia de género.
Según recoge como probado, F.J.P.B., desde el principio de la convivencia con su pareja y el hijo menor de ella, sometió en el domicilio familiar y fuera de él a la víctima a una situación «de abuso de posición, con subordinación de ella a sus decisiones» y le hizo objeto de «humillaciones, muchas veces debidas a los celos», así como de bofetadas, golpes en el cuerpo o tirones de pelo.
También la insultó, «impidiéndole de forma continua la toma libre de decisiones sobre su vida personal y laboral, al aislarla de su entorno familiar y laboral, controlándole sus horarios y salidas, las llamadas telefónicas y el dinero de ambos».
El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso de apelación, indica que la mujer, en febrero de 2014, y debido «al hartazgo por el comportamiento del acusado» con ella misma y con su hijo, decidió poner fin a la relación sentimental pese a lo cual, días después, él se personó en el domicilio para recoger sus pertenencias.
Entonces, sin llegar a acceder al interior, le espetó desde fuera con insultos y le dijo con «ánimo de amedrentarla, te tengo que matar», lo que le causó temor y desasosiego por las «advertencias». Ella le denunció por esto ante la Guardia Civil.
El juez le impone dos años de prisión como autor de un delito de maltrato habitual agravado y siete meses de cárcel por el delito de amenazas. Además, le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante dos años.
F.J.P.B. impidió de este modo a la víctima, quien padece una discapacidad psíquica del 41%, la «toma libre de decisiones sobre su vida personal y laboral», ya que la «aisló de su entorno familiar y social, controlándole sus horarios y salidas, las llamadas telefónicas y el dinero de ambos».
La sentencia considera al acusado, con antecedentes penales por violencia machista, autor de un delito de maltrato habitual agravado y otro de amenazas, ambos en el ámbito de la violencia de género.
Según recoge como probado, F.J.P.B., desde el principio de la convivencia con su pareja y el hijo menor de ella, sometió en el domicilio familiar y fuera de él a la víctima a una situación «de abuso de posición, con subordinación de ella a sus decisiones» y le hizo objeto de «humillaciones, muchas veces debidas a los celos», así como de bofetadas, golpes en el cuerpo o tirones de pelo.
También la insultó, «impidiéndole de forma continua la toma libre de decisiones sobre su vida personal y laboral, al aislarla de su entorno familiar y laboral, controlándole sus horarios y salidas, las llamadas telefónicas y el dinero de ambos».
El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso de apelación, indica que la mujer, en febrero de 2014, y debido «al hartazgo por el comportamiento del acusado» con ella misma y con su hijo, decidió poner fin a la relación sentimental pese a lo cual, días después, él se personó en el domicilio para recoger sus pertenencias.
Entonces, sin llegar a acceder al interior, le espetó desde fuera con insultos y le dijo con «ánimo de amedrentarla, te tengo que matar», lo que le causó temor y desasosiego por las «advertencias». Ella le denunció por esto ante la Guardia Civil.
El juez le impone dos años de prisión como autor de un delito de maltrato habitual agravado y siete meses de cárcel por el delito de amenazas. Además, le prohíbe acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante dos años.