En torno a 4.000 viviendas deberán solicitar la «finalidad turística» para evitar sanciones

La nueva norma, que entrará en vigor el 11 de mayo, establece multas de hasta 18.000 euros para los propietarios de inmuebles no inscritos


Apartamento turístico en San Juan de los Terreros, Pulpí. | Imagen: Homelidays.

EUROPA PRESS - ALMERÍA HOY / 24·02·2016

El delegado territorial de Cultura, Turismo y Deporte, Alfredo Valdivia, ha señalado este miércoles que la Junta de Andalucía va a realizar en la provincia una «labor informativa» en relación al decreto aprobado recientemente por el Consejo de Gobierno que regula las viviendas con fines turísticos, ya que, a la espera de efectuar un registro, desde el Gobierno andaluz se estima que en la provincia podría haber entre 3.000 y 4.000 inmuebles de este tipo.

La Junta de Andalucía considerará viviendas con fines turísticos todas aquellas ubicadas en inmuebles situados en suelo de uso residencial en las que, de forma habitual, se ofrezca alojamiento a cambio de dinero y con fines turísticos. La norma que regulará este tipo de viviendas entrará en vigor el 11 de mayo de 2016, y establece sanciones de hasta 150.000 euros para las infracciones catalogadas como 'muy graves', siendo de hasta 18.000 en el caso de infracciones de carácter 'grave', entre las que se encuentra la no inscripción de la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía.

El decreto, sostienen desde el Gobierno de andaluz, pretende dar cobertura jurídica a estas viviendas alquiladas con finalidad turística, que tras la modificación en 2013 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) habían quedado fuera de regulación y sujetas a normativas sectoriales. Asimismo, responde a las demandas del sector hotelero ante el auge de esta fórmula de alquiler vacacional durante los últimos años.

La nueva norma impone a los propietarios de estas viviendas el cumplimiento de requisitos de calidad y confort equiparables a los de los alojamientos hoteleros, con el fin, aseguran desde la Junta, de asegurar los derechos de los usuarios y evitar situaciones de fraude, intrusismo, clandestinidad y competencia desleal. Además, obliga a los propietarios a llevar a cabo un registro documental e informativo sobre los viajeros que utilizan este hospedaje.

Las viviendas con fines turísticos deberán disponer de licencia de ocupación y cumplir en todo momento con las condiciones técnicas y de calidad fijadas por la Junta de Andalucía, entre las que figuran las relativas a ventilación exterior, mobiliario, refrigeración, ropa de cama, menaje y botiquín de primeros auxilios. Igualmente, han de ofrecer a los usuarios información turística de la zona y hojas de quejas y reclamaciones, así como un teléfono de contacto para atender y resolver incidencias durante la estancia.