Los asaltantes, que accedieron al local armados con cuchillos y con las caras ocultas por capuchas, intimidaron y maltrataron a las camareras para hacerse con la recaudación
EUROPA PRESS / 26·02·2016
El Juzgado de lo Penal número 2 de Almería ha condenado a cinco años de prisión a A.H., y a tres años y seis meses de prisión a M.A.A.A., como autores de un delito de robo con violencia y dos faltas de maltrato después de que, en compañía de un tercer cómplice identificado pero declarado en rebeldía, asaltaran un local de copas en Viator armados con cuchillos de distintas dimensiones y la cara tapada con una capucha.
El fallo impone también una pena de seis meses de prisión a un tercer acusado por un delito de receptación, después de que tratara de vender uno de los objetos conseguidos en el asalto en un establecimiento de compraventa ubicado en la capital.
Así, mientras que M.A.A.A. reconoció los hechos y se conformó con la pena solicitada para él por el fiscal, A.H., que cuenta con una sentencia firme por robo con fuerza en casa habitada, negó los hechos en los que tres personas acudieron al local, ubicado en la plaza Magallanes de Viator, en mayo de 2013 portando pasamontañas y exhibiendo cada uno de ellos un arma blanca «en clara actitud agresiva, violenta e intimidatoria».
Según se desprende de la investigación, los acusados se dirigieron a las dos empleadas del bar a las que arrojaron al suelo en «actitud violenta» después de arrastrar a una de ellas del pelo. De este modo, les exigieron que les entregaran el dinero a la vez que vociferaban «expresiones intimidatorias».
De este modo, antes de abandonar el local a bordo de un coche, se hicieron con más de 1.500 euros de la caja registradora y una máquina tragaperras, así como con los teléfonos de las empleadas, sus carteras y algunas joyas.
Con esto, el juez Fermín Javier Villarrubia tiene en consideración la declaración de las testigos, quienes insistieron en que uno de los acusados «era muy alto», «tenía acento marroquí» y llevaba «ropa deportiva oscura», tal y como fue visto posteriormente el acusado, que mide 190 cm de altura.
Asimismo, un vecino, al escuchar el tumulto, anotó la matrícula del vehículo en el que huyeron los atracadores, quienes fueron sorprendidos posteriormente por una pareja de agentes de la Guardia Civil en Roquetas de Mar, que comprobó que en el interior del vehículo había algunas monedas procedentes del robo, así como un cuchillo y un pasamontañas.
El magistrado va más allá en sus fundamentos y apunta que, frente a la declaración del acusado, quien negó tener amistad con el resto de acusados, dio validez al vídeo registrado en un restaurante de comida rápida el día anterior a los hechos, del que aún guardaban el ticket en el coche, lo que supone un «indicio de la concertación o acuerdo previo entre los acusados».
Con todo esto, la versión dada por el acusado, quien asegura que la noche de los hechos se encontraba en su casa con su hijo salvo una hora en la que fue a tomar una copa con unos amigos, «no ha resultado creíble en absoluto».
El juez tiene en cuenta la agravante de reincidencia en el caso de A.H., así como la de disfraz para los acusados, a quienes impone además indemnizaciones por valor de 2.625 euros en favor del dueño del establecimiento, que quedó arrasado, y a las camareras por los objetos sustraídos.
Sobre el fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
El fallo impone también una pena de seis meses de prisión a un tercer acusado por un delito de receptación, después de que tratara de vender uno de los objetos conseguidos en el asalto en un establecimiento de compraventa ubicado en la capital.
Así, mientras que M.A.A.A. reconoció los hechos y se conformó con la pena solicitada para él por el fiscal, A.H., que cuenta con una sentencia firme por robo con fuerza en casa habitada, negó los hechos en los que tres personas acudieron al local, ubicado en la plaza Magallanes de Viator, en mayo de 2013 portando pasamontañas y exhibiendo cada uno de ellos un arma blanca «en clara actitud agresiva, violenta e intimidatoria».
Según se desprende de la investigación, los acusados se dirigieron a las dos empleadas del bar a las que arrojaron al suelo en «actitud violenta» después de arrastrar a una de ellas del pelo. De este modo, les exigieron que les entregaran el dinero a la vez que vociferaban «expresiones intimidatorias».
De este modo, antes de abandonar el local a bordo de un coche, se hicieron con más de 1.500 euros de la caja registradora y una máquina tragaperras, así como con los teléfonos de las empleadas, sus carteras y algunas joyas.
Con esto, el juez Fermín Javier Villarrubia tiene en consideración la declaración de las testigos, quienes insistieron en que uno de los acusados «era muy alto», «tenía acento marroquí» y llevaba «ropa deportiva oscura», tal y como fue visto posteriormente el acusado, que mide 190 cm de altura.
Asimismo, un vecino, al escuchar el tumulto, anotó la matrícula del vehículo en el que huyeron los atracadores, quienes fueron sorprendidos posteriormente por una pareja de agentes de la Guardia Civil en Roquetas de Mar, que comprobó que en el interior del vehículo había algunas monedas procedentes del robo, así como un cuchillo y un pasamontañas.
El magistrado va más allá en sus fundamentos y apunta que, frente a la declaración del acusado, quien negó tener amistad con el resto de acusados, dio validez al vídeo registrado en un restaurante de comida rápida el día anterior a los hechos, del que aún guardaban el ticket en el coche, lo que supone un «indicio de la concertación o acuerdo previo entre los acusados».
Con todo esto, la versión dada por el acusado, quien asegura que la noche de los hechos se encontraba en su casa con su hijo salvo una hora en la que fue a tomar una copa con unos amigos, «no ha resultado creíble en absoluto».
El juez tiene en cuenta la agravante de reincidencia en el caso de A.H., así como la de disfraz para los acusados, a quienes impone además indemnizaciones por valor de 2.625 euros en favor del dueño del establecimiento, que quedó arrasado, y a las camareras por los objetos sustraídos.
Sobre el fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.