Condenado a más de 23 años de cárcel el asesino Jonathan Moya

El juez le impone la pena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía, y cinco años y siete meses de prisión por un delito de detención ilegal del subtipo agravado


Jonathan Moya, en la Audiencia Provincial de Almería.

EUROPA PRESS / 30·11·2015

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 23 años y siete meses de prisión a Jonathan Moya, el joven de 28 años que raptó y asesinó a la bebé onubense de Palma del Condado (Huelva) de 16 meses Míriam Cuerda golpeándola «con fuerza y en repetidas ocasiones» en la cabeza «con un objeto contundente y plano» y, lejos de auxiliarla, envolviéndola, una vez estaba en estado comatoso, «en film transparente con el propósito de asfixiarla» para después arrojar su cuerpo, en el interior de una bolsa de deporte con piedras, a una balsa de riego.

El magistrado presidente del tribunal de jurado, que declaró culpable por unanimidad a Moya González de los hechos que se le imputaban, le impone la pena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía, y cinco años y siete meses de prisión por un delito de detención ilegal del subtipo agravado tipificado en el artículo 163 del Código Penal.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2012, y el fiscal solicitaba penas que sumaban 26 años de cárcel por los 29 años en total que interesó la acusación particular.

La sentencia, hecha pública este lunes, fija la responsabilidad civil en 300.000 euros, la solicitada por ambas acusaciones tras la lectura del veredicto en audiencia pública el pasado día 25, cuantía que deberá abonar a la madre de la pequeña, Gema Cuerda, a la que no podrá acercarse a menos de 500 metros durante un periodo de 43 años. Cabe recordar, no obstante, que la defensa pidió que se declarase a su patrocinado insolvente.

El magistrado Luis Durbán, dada la «particular gravedad» de los hechos, establece que no se conceda al acusado el tercer grado hasta el cumplimiento de, al menos, la mitad de la pena impuesta.

Considera «adecuada» la condena a 18 años de cárcel por el delito de asesinato con alevosía debido a las «particularidades del mecanismo agresivo» que uso Moya González y, que fue «doble», según quedó expuesto en la vista oral «mediante el golpeo repetido y violento de la cabeza de la menor contra una superficie plana y el posterior taponamiento de los orificios respiratorios con film del plástico».

«La acción revela un ánimo incuestionable de matar, lo que incide en el dolo y en la culpabilidad, justificando el aumento del reproche», remarca el fallo que estima, además, el «incuestionable sufrimiento» no sólo de la menor, sino también de sus familiares más cercanos «al verse privados de ella».

El magistrado tiene en cuenta para concretar la pena, asimismo, la conducta del acusado posterior a los hechos, «ocultando el cadáver en una bolsa que sumergió con piedras en una balsa de riego». «Esto entronca con el elemento de la punibilidad, complicando la recuperación del cadáver y la investigación de los hechos y, por ende, elevando aún más el sufrimiento de los familiares», según añade.