Además y según la sentencia, los terrenos sobre los que se habían proyectado 350 viviendas y un hotel de 300 habitaciones son «de especial protección»
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| Vista parcial de Aguamarga, en Níjar. |
EUROPA PRESS / 13·10·2015
El suelo sobre el que se proyectaba la macrourbanización 'Marinas de Aguamarga', con 350 viviendas y un hotel de 300 habitaciones, es «no urbanizable» y «de especial protección» al estar enclavado en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, en el término municipal nijareño.
Así lo ha sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que considera «conforme a derecho» lo recogido en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de 2008, y tilda de «completamente justificada» dado «su valor ecológico» que pasase de un nivel de protección 'D2' en 1994 al actual 'B1' y 'B2'.
La resolución rechaza, asimismo, que la mercantil propietaria del sector SAU AA-5 y promotora de la macrourbanización tenga derecho a ser indemnizada por supuestos daños y perjuicios, tal y como solicitó por cuantía de 24,6 millones de euros, o beneficiaria de una expropiación de los terrenos.
Así lo ha sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que considera «conforme a derecho» lo recogido en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de 2008, y tilda de «completamente justificada» dado «su valor ecológico» que pasase de un nivel de protección 'D2' en 1994 al actual 'B1' y 'B2'.
La resolución rechaza, asimismo, que la mercantil propietaria del sector SAU AA-5 y promotora de la macrourbanización tenga derecho a ser indemnizada por supuestos daños y perjuicios, tal y como solicitó por cuantía de 24,6 millones de euros, o beneficiaria de una expropiación de los terrenos.

