Nuevo juicio contra Cándido Trabalón

El exalcalde se enfrenta a penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público por la concesión, en octubre de 2005, de una licencia de obra para la construcción de 202 viviendas en suelo no urbanizable


Cándido Trabalón (en 4º lugar, mirando al frente), durante uno de los procesos anteriores

EUROPA PRESS / 30·10·2014

El exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras y Servicios, Cándido Trabalón (PA), se enfrenta este jueves a un nuevo juicio por delito urbanístico, originado esta vez por la concesión de licencia de obra para la construcción de 202 viviendas —agrupadas en 8 edificios— y dos piscinas sobre suelo no urbanizable.

Trabalón, para el que el fiscal va a solicitar penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público, compartirá banquillo en el Juzgado de lo Penal número 3 con siete exconcejales de la corporación —de diverso signo político—, el promotor del residencial y el arquitecto redactor del proyecto.

El escrito de acusación recoge que J.I.J.R., en calidad de apoderado de la mercantil Inmuebles Promurdi S.L., decidió construir 202 viviendas en la parcela 168 del Polígono 16 de la pedanía zurgenera de La Alfoquía, «con conocimiento de que el suelo era no urbanizable y que no eran autorizables conforme a la legislación en materia urbanística».

Así, habría encargado al arquitecto J.L.L. la redacción del proyecto, encargo que realizó y que contemplaba ocho edificios de tres plantas, con una altura de 8,87 metros, «con conocimiento de que el suelo no era urbanizable y que las viviendas no eran autorizables» y, además, de que «conforme a la legislación urbanística la altura del inmueble no podía superar los siete metros ni las dos plantas».

Según indica el Ministerio Público, la mercantil solicitó al Ayuntamiento la licencia de obras el 22 de junio de 2005. En el expediente administrativo se emitieron los preceptivos informes jurídico y técnico. El primero «no era ni favorable ni desfavorable» a la licencia, pues se limitaba a señalar que «debían ser los servicios técnicos los que determinaran si era adecuado a la normativa urbanística».

El segundo informe, tal y como añade el fiscal, no era favorable a la edificación, y advertía de que el proyecto «incumplía la normativa que solo autorizada planta baja y primera con una altura máxima de siete metros».

Pese a ello, el 7 de octubre de 2005, Cándido Trabalón, en calidad de alcalde, y siete ediles de la corporación local votaron en pleno a favor de la concesión de la licencia, siento «todos ellos» «conocedores» de las circunstancias en que se concedía.

El fiscal imputa a J.I.J.R. y J.L.L. sendos delitos contra la ordenación del territorio en grado de tentativa, ya que aunque la mercantil allanó el terreno e instaló farolas y una caseta prefabricada donde ofrecía a la venta las futuras viviendas, no se llegó a iniciar la construcción de ninguno de los edificios debido a que la Guardia Civil levantó atestado en abril de 2007, incoándose diligencias previas un mes más tarde.

En el caso de los exediles acusados de presunta prevaricación, entre los que figura el entonces concejal de Urbanismo, Manuel Tijeras, interesa también penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación, mientras que para el promotor y el arquitecto solicita cuatro meses de cárcel, multa de ocho meses a razón de 12 euros al día, e inhabilitación especial por un periodo de cuatro meses.


No procedía la acumulación de causas

La vista oral de este procedimiento ya fue aplazada en marzo de 2013, después de que el titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Almería acordase remitir al juzgado instructor la causa para que resolviese si procedía acumularla junto con el resto de procesos penales en los que está imputado Trabalón por presuntos delitos de prevaricación, y estimase así la cuestión previa planteada por las defensas.

En concreto, se pedía su acumulación al llamado caso «Costurero», en el que Trabalón se enfrenta a penas que ascienden a 180 años de prisión y 1.050 años de inhabilitación para cargo público.

De los dos procedimientos celebrados hasta la fecha, en uno se dicto la absolución, siendo posteriormente anulada la sentencia por la Audiencia Provincial, que ha pedido al juzgado de lo penal que se manifieste nuevamente resolviendo sobre la calificación del suelo; mientras que en el otro se condenó al exregidor y a los concejales a penas de 21 meses de prisión y nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público, si bien la sentencia fue revocada en segunda instancia, dictándose finalmente la absolución.