Ayudas estatales: la Comisión prorroga y modifica el Marco Temporal de Crisis

Ha aprobado que los Estados miembros puedan continuar haciendo uso de la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para dar apoyo a la economía en el contexto de la guerra de Rusia contra Ucrania



ALMERÍA HOY / 28·10·2022

La Comisión Europea ha adoptado hoy una modificación del Marco Temporal de Crisis de las ayudas estatales, mediante la cual se permite a los Estados miembros continuar haciendo uso de la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para dar apoyo a la economía en el contexto de la guerra de Rusia contra Ucrania. El Marco Temporal de Crisis se adoptó el 23 de marzo de 2022 y se modificó por primera vez el 20 de julio de 2022, a fin de complementar el paquete de preparación para el invierno y en consonancia con los objetivos del Plan REPowerEU.

Teniendo en cuenta la información recibida de los Estados miembros en el contexto de una encuesta y de las consultas específicas de 5 de octubre de 2022 y de 25 de octubre de 2022, y en vista del reciente Reglamento relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía [Reglamento (UE) 2022/1854] y la propuesta de la Comisión sobre un nuevo Reglamento de emergencia para hacer frente a los elevados precios del gas en la UE y garantizar la seguridad del suministro este invierno, la modificación de hoy:

Prorroga todas las medidas establecidas en el Marco Temporal de Crisis hasta el 31 de diciembre de 2023.

Aumenta los límites máximos establecidos para importes limitados de ayuda hasta 250 000 EUR y 300 000 EUR para las empresas activas en los sectores de la agricultura y de la pesca y la acuicultura, respectivamente, y hasta los 2 millones EUR para las empresas activas en los demás sectores.

Introduce flexibilidad adicional en lo que respecta al apoyo a la liquidez de las instalaciones de energía para sus actividades de negociación. En casos excepcionales y con sujeción a estrictas salvaguardias, los Estados miembros pueden facilitar garantías públicas que excedan del 90 % de la cobertura, cuando se faciliten como garantías financieras a entidades de contrapartida central o miembros compensadores. Esto va en consonancia con el acto delegado adoptado por la Comisión el 18 de octubre de 2022, que permite el uso de garantías bancarias y públicas no cubiertas por garantías reales, en condiciones específicas, como activos de garantía admisibles para satisfacer los ajustes de los márgenes de garantía.

Aumenta la flexibilidad y las posibilidades de apoyo para las empresas afectadas por el aumento de los costes de la energía, con una serie de salvaguardias. Los Estados miembros estarán facultados para calcular el apoyo basándose en el consumo pasado o en el consumo actual, teniendo en cuenta la necesidad de mantener intactos los incentivos de mercado para la reducción del consumo de energía y de garantizar la continuidad de las actividades económicas. Además, los Estados miembros pueden facilitar apoyo de un modo más flexible, también a los sectores intensivos en energía, que se han visto particularmente afectados, con las salvaguardias necesarias para evitar la compensación excesiva. Para las empresas que reciben importes de ayuda más sustanciosos, el Marco Temporal de Crisis prevé compromisos para establecer una senda hacia la reducción de la huella de carbono del consumo de energía y la aplicación de medidas de eficiencia energética.

Introduce nuevas medidas orientadas a apoyar la reducción de la demanda de electricidad, en consonancia con el Reglamento (UE) 2022/1854.

Aclara los criterios para la evaluación de las medidas de apoyo a la recapitalización. En particular, ese apoyo a la solvencia tendría que: i) ser necesario, adecuado y proporcionado; ii) conllevar una remuneración adecuada para el Estado; e iii) ir acompañado de unas medidas de competencia adecuadas para preservar la competencia efectiva, entre ellas la prohibición de los pagos de dividendos y primas y de las adquisiciones.

Las medidas previstas en el Marco Temporal se entienden sin perjuicio de la posibilidad de autorizar otras medidas necesarias y proporcionadas partiendo directamente del Tratado, y en particular del artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

Además, la Comisión también ha decidido hoy prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2023 la posibilidad de aplicar medidas de apoyo a la inversión para una recuperación sostenible en el Marco Temporal del COVID relativo a las ayudas estatales.

Puede consultarse aquí una declaración de la vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, encargada de la política de competencia.

Contexto

El Marco Temporal de Crisis relativo a las ayudas estatales, adoptado el 23 de marzo de 2022, permite a los Estados miembros aprovechar la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales con el fin de sostener la economía en el contexto de la guerra de Rusia contra Ucrania. Se modificó por primera vez el 20 de julio de 2022, a fin de complementar el paquete de preparación para el invierno y en consonancia con los objetivos del Plan REPowerEU.

Las empresas controladas por Rusia que han sido objeto de sanciones no entrarán en el ámbito de aplicación de estas medidas.

El Marco Temporal de Crisis estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará en una fase posterior la conveniencia de una prórroga.