Dos años y nueve meses de cárcel por apuñalar a un hombre en Vera

La causa de la pelea fue el hurto de un teléfono y unas zapatillas. La sentencia añade la expulsión de España del condenado durante un periodo de cinco años



ALMERÍA HOY / 31·01·2021

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a un hombre acusado de asestar varias puñaladas por la espalda con un cuchillo a otro hombre al que supuestamente había sustraído un teléfono móvil y unas zapatillas previamente tras haber bebido juntos y con el que mantuvo una discusión en la puerta de su vivienda en Vera.

El fallo, consultado por Europa Press, impone dos años y nueve meses de prisión por un delito de lesiones agravadas con la sustitución parcial de la pena, una vez alcance el tercer grado de cumplimiento o se cumplan tres cuartas partes de la misma, con la expulsión del territorio nacional sin posibilidad de volver a entrar en el país por un periodo de cinco años.

El Tribunal consideró probado que el acusado, de 29 años de edad y con residencia irregular en España, se presentó durante la madrugada del 6 de agosto de 2019 en la casa de un amigo, con el que había estado anteriormente tomando bebidas alcohólicas, para reclamarle que le entregara unas zapatillas y un teléfono móvil que él mismo se habría llevado.

Así, entre ambos se produjo una discusión durante la que el acusado dio una cuchillada en el tórax a la víctima "con ánimo de atentar contra su integridad física" enzarzándose ambos en una pelea en la que además el hombre sufrió varios cortes con el cuchillo en el cuerpo, espalda, cara y mano derecha, lo que le causó una contusión en cuello.

Las lesiones requirieron, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento quirúrgico. No obstante, las herida en el tórax no puso en riesgo la vida de la víctima, quien tardó 35 días en curar, de los que cuatro estuvo hospitalizado.

En este sentido, y pese a que la acusación particular calificaba los hechos de homicidio en grado de tentativa, el Tribunal estima que el ánimo del acusado "no era matar a la víctima sino únicamente menoscabar su integridad física" ante la "escasa entidad del incidente que motivó el ataque", derivado de un enfrentamiento por una causa "ciertamente banal, como es que el acusado hubiere cogido un tenis de la victima y el móvil y se lo hubiera llevado a su casa". Además, la puñalada "no creó peligro porque no hubo lesión de riesgo vital".

La Sección Segunda estima que en los momentos anteriores a la comisión de los hechos el acusado había ingerido bebidas alcohólicas que disminuyeron levemente su entendimiento y voluntad. Así, además de la pena privativa de libertad, se le prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la víctima y comunicarse con ella durante un periodo de al menos cinco años, así como a indemnizarla con 4.338 euros.