La Audiencia Nacional no volverá a reclamar el informe que reduce la cantidad de tierra a descontaminar en Palomares

El Alto Tribunal dice que no procede reclamar al regulador atómico el citado informe porque "no se incluyó como prueba" en el procedimiento



ALMERÍA HOY / 15·06·2020

La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado volver a requerir al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) el informe que aprobó en Pleno en julio de 2015 en el que reduce el volumen de tierra radiactiva a limpiar en Palomares (Cuevas del Almanzora) que, según apunta Ecologistas en Acción, "habría sido destruido".

En una providencia, que ha sido recurrida por el colectivo conservacionista, la sala dice que no procede reclamar al regulador atómico el citado informe porque "no se incluyó como prueba" en el procedimiento.

La resolución alude al auto de 3 de febrero en el que pidió por primera vez que desclasificase el Plan de Rehabilitación de Palomares aprobado en 2010 e indica que "la sala no incluyó como prueba la petición de más informe» que el que «se mencionaba en la parte dispositiva de dicho auto".

Ecologistas en Acción estima, no obstante, que la argumentación que hace la Audiencia Nacional para rechazar su petición es «incongruente» ya que, recuerda, lo que el colectivo pedía era que se investigase la posible "destrucción de esta prueba".

Los verdes añaden en su recurso de reposición que es "incongruente" porque en el auto de 3 de febrero "sí incluía la petición de entrega del documento E", es decir, del citado informe que el CSN aprobó en pleno en julio de 2015 y clave para conocer el volumen de tierra contaminada que se va limpiar en Palomares.

La Audiencia Nacional, que reiteró su petición al Gobierno el pasado mes de mayo, lo que reclamó fue que desclasificase el Plan de Rehabilitación para el área contaminada con plutonio en Palomares para poder decidir si ordena o no al CSN fijar plazo para la ejecución de la limpieza de las más de 40 hectáreas bajo vigilancia radiológica.

También dispuso que el Consejo de Ministros "aportase cuanta documentación" se haya elaborado sobre la situación en la zona desde el 5 de mayo de 2010, fecha en que se aprobó el citado plan, lo que supone que estaría reclamando el informe que el CSN aprobó en julio de 2015 sobre la limpieza de los terrenos contaminados y que, según Ecologistas en Acción, modifica los criterios radiológicos de mayo de 2010.

El objetivo, según añade el colectivo, sería que, de la limpieza de 50.000 metros cúbicos de tierra, se pasaría únicamente a limpiar 28.000 metros cúbicos de tierra contaminada, lo que reduciría de 6.000 a 3.300 metros cúbicos el volumen de tierra que debe almacenarse en EEUU.

En el recurso de reposición, Ecologistas en Acción solicita a la sala que revoque la providencia y que requiera nuevamente al CSN la entrega del "Informe de la Dirección Técnica de Protección Radiológica evaluando los niveles de intervención para la restauración de los terrenos afectados por el accidente de Palomares que fue aprobado en la sesión del CSN celebrada el 22 de julio de 2010" y que, en caso de que no lo haga, "explique los motivos".

Ecologistas en Acción sostiene que el CSN remitió a la Audiencia Nacional en respuesta al oficio que requería el informe "un documento sin portada, sin número, sin firma y sin fecha" y que, por tanto, "no era el requerido por la sala como prueba documental E", ya que exigió una copia certificada.

Añade, ahora y a lo largo de todo el procedimiento, que «dicho anónimo fue elaborado con el único objeto de ser aportado a la presente causa y que en él se ocultan los motivos por los que se modificaron los criterios radiológicos para Palomares "en julio de 2015" con respecto a los aprobados en 2010.

En el documento cuestionado por el colectivo, el regulador atómico admite que se ha rebajado el volumen de tierra contaminada con radioactividad en Palomares que debe ser retirada en virtud de la declaración de intenciones firmada entre España y EEUU casi al tiempo si bien no precisa en cuanto con respecto al plan de rehabilitación aprobado en 2010 y que preveía la limpieza de 50.000 metros cúbicos de suelo.

En mayo de 2018, el colectivo solicitó al tribunal que pidiese al CSN «una copia certificada del informe» pero la Abogacía del Estado volvió a alegar que estaba sujeto a la Ley de Secretos Oficiales.