Dejar sin dedicación exclusiva a concejales de Roquetas no vulnera sus derechos fundamentales

Así lo entiende el juzgado de lo Contenciosos que ha desestimado el recurso de IU-Tú Decides-Equo



ALMERÍA HOY / 05·03·2020

Un juzgado de lo Contencioso-administrativo de Almería ha desestimado el recurso presentado por el grupo municipal de IU-Tú Decides-Equo en el Ayuntamiento de Roquetas de Mar ya que considera que el acuerdo de pleno que dejó sin dedicación exclusiva a los concejales de la coalición no supone una vulneración de derechos fundamentales.

El fallo, consultado por Europa Press, remarca que la pérdida de la posibilidad de desarrollar la actividad política en régimen de dedicación exclusiva es un "problema de legalidad ordinaria" y, por tanto, resuelve desestimar el recurso para la protección especial de derechos fundamentales.

IU-Tú decides-Equo alegó en su impugnación del acuerdo de pleno de julio de 2019 que suponía una "clara vulneración" de los artículos 23 y 9.1 de la Constitución ya que su exclusión de este régimen suponía un "obstáculo para la realización de las labores de fiscalización y control inherentes a su cargo de concejales de la corporación local".

La magistrada Ana Fariñas sostiene, por contra, que para apreciar que existe vulneración de los derechos fundamentales de los representantes públicos contenidos en el artículo citado es "necesario" que se haya producido "una restricción ilegítima de los derechos que les reconocen las normas internas de la corporación".

"No obstante, tampoco cualquier acto que infrinja el estatuto del Alcalde o Concejal lesiona el derecho fundamental", precisa para añadir que "sólo poseen relevancia constitucional los derechos o facultades atribuidos al representante que pertenezcan al núcleo de su función representativa".

En esta línea, la sentencia señala que sería vulnerado el artículo 23.2 de la Constitución si los propios órganos del Ayuntamiento "impidiesen o coartasen ilegítimamente su práctica" o adoptasen "decisiones jurídicamente reprobables que contraríen la naturaleza de la representación o la igualdad de los representantes".

Según esto, y atendiendo a la doctrina jurisprudencial, concluye que "la retribución de los concejales, bien sea por el sistema de dedicación exclusiva o por el de indemnizaciones, no les impide el ejercicio de las funciones representativas que, según el cargo que desempeñen en el ayuntamiento, les correspondan".

El acuerdo de pleno impugnado otorgó de los 15 concejales que como máximo se pueden liberar con dedicación exclusiva en el Ayuntamiento roquetero, un total de once al PP, otros dos a sus entonces socios en el gobierno municipal (VOX). De las dos liberaciones restantes, una fue a parar al PSOE y otra a quien entonces era concejal de Ciudadanos, ahora no adscrita.

El reparto dejó fuera a Izquierda Unida-Tú Decides-Equo, que perdió la liberación que tenía en la persona del portavoz Juan Pablo Yakubiuk.