Un juzgado embargó las cuentas del Ayuntamiento de Antas porque la ex alcaldesa "no atendió un requerimiento"

El juez confiscó los depósitos bancarios del Consistorio a instancias de una empresa que solicitó la ejecución de una sentencia.


El alcalde da cuenta de la situación atravesada por el Ayuntamiento a consecuencia del embargo de sus cuentas

ALMERÍA HOY / 02·08·2019

El Gobierno de Antas ha hecho público un comunicado en el que da cuenta del embargo sufrido en sus cuentas bancarias entre los días 4 y 31 de julio.

La situación fue consecuencia, según el alcalde, de la falta de contestación por parte de la anterior Corporación a un requerimiento, notificado el pasado 7 de febrero, en el que se le pedía una relación de bienes que pudiesen ser utilizados para pagar la sentencia que había condenado al municipio a indemnizar a una empresa, Paneles Aislantes Spancrete, S.A. con 1,5 millones de euros más intereses y costas por haberle vendido irregularmente una parcela que era demanial y, por tanto, intrasferible. La condena no era firme y aún está a la espera de resolución de un recurso por parte del Tribunal Supremos, pero su ejecución provisional fue solicitada por la mercantil antes citada.

El juez dio un plazo de 60 días para responder a su requerimiento, y una vez concluido sin contestación alguna por parte de la anterior alcaldesa, Isabel Belmonte (PP), y sin que esta hubiera advertido la situación al actual regidor, Pedro Ridao Zamora (PSOE), procedió al embargo de la práctica totalidad de las cuentas del Consistorio antuso, que no ha podido realizar ningún pago, incluyendo el obligado por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) hasta que el juez no levantó el embargo a instancias del Ayuntamiento el pasado 31 de julio.

A continuación, transcribimos literalmente la nota difundida por el actual equipo de gobierno:

"El Ayuntamiento de Antas ha sufrido desde el pasado 4 de julio el embargo de la practica totalidad de sus cuentas bancarias, por lo que no ha podido disponer de sus fondos dinerarios durante ese espacio de tiempo. Afortunadamente esa situación se ha conseguido revertir en el día de ayer tras el Auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Vera que acuerda alzar ese embargo de saldos en cuentas bancarias.

Desde el Ayuntamiento se quiere pedir disculpas a todos los proveedores, particulares, colaboradores, etc. que hayan podido verse afectados por esa situación de parálisis financiera, anunciando que en los próximos días se atenderán cumplidamente los pagos y se retomará la actividad ordinaria con total normalidad.

Además se quiere explicar el motivo de ese embargo que no es otro que el conflicto mantenido entre el Ayuntamiento de Antas y la mercantil Paneles Aislantes Spancrete España, S.A. que tiene su origen en la venta que el Ayuntamiento realizó a esa entidad de unos terrenos situados en el paraje conocido como “Caballón y Campo de la Ballabona”, a principios del año 2000.

Para realizar dicha venta, el Pleno del Ayuntamiento de Antas celebrado el 26 de enero de ese año 2000 acordó la modificación del Inventario de Bienes Municipales, rectificando la calificación de comunales a patrimoniales de esos terrenos, acordando su enajenación por concurso público del que resultó adjudicataria esa sociedad, Paneles Aislantes Spancrete España, S.A.

Ese acuerdo plenario del Ayuntamiento fue revocado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada en Sentencia dictada el 19 de marzo de 2007 en un procedimiento instado, entre otros, por la que después ha sido muchos años Alcaldesa de Antas, doña Isabel Belmonte Soler.

Al ser revocado el acuerdo de Pleno por el que se rectificaba la calificación de los bienes vendidos a Spancrete, la venta a dicha entidad quedaba anulada, revertiendo los terrenos al Ayuntamiento de Antas.

Para cuando fue dictada esa Sentencia, Paneles Aislantes Spancrete España, S.A. había construido una industria en dichos terrenos, por lo que inició procedimiento civil que se siguió en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Vera, reclamando la indemnización que entendía le correspondía por la declaración de nulidad de la compraventa y que incluía, entre otros conceptos, el precio pagado por los terrenos y el valor de las instalaciones que habían construido en los mismos.

El Juzgado de Primera Instancia en Instrucción núm. 1 de Vera dictó Sentencia el 16 de mayo de 2016 condenando al Ayuntamiento de Antas a abonar a Paneles Aislantes Spancrete España, S.A. la cantidad de 120.202,42.- € en concepto del precio pagado por la compraventa y 1.407.544,33.- € mas IVA por la construcción realizada, todo ello con sus correspondientes intereses.

El Ayuntamiento de Antas recurrió esa Sentencia que fue confirmada íntegramente por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Almería en su Sentencia de 27 de junio de 2017, en la que además condenaba al Ayuntamiento al pago de las costas procesales originadas en esa alzada.

Esa Sentencia de la Audiencia Provincial de Almería fue recurrida en casación por el Ayuntamiento de Antas, estando a día de hoy pendiente de resolución por parte del Tribunal Supremo. Por tanto, dicha Sentencia no es firme.

No obstante, en febrero de 2018 Paneles Aislantes Spancrete España, S.A. solicitó del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Vera la ejecución provisional de la sentencia que condenaba al Ayuntamiento de Antas a abonarles las cantidades antes indicadas, siendo despachada tal ejecución por Auto de ese Juzgado de 13 de diciembre de 2018.

En el seno de esa ejecución provisional el Letrado de la Administración de Justicia adscrito al reiterado Juzgado, requirió al Ayuntamiento de Antas a principios del presente año de 2019, el siete de febrero del 2019, para que en el plazo de sesenta días aportara una lista de la determinación de los bienes y derechos patrimoniales que no se encontrasen materialmente afectos a un servicio público o a una función pública a efectos de la inclusión de la posibilidad de embargo de los mismos. Dicho requerimiento NO FUE ATENDIDO por el Ayuntamiento de Antas cuando aún se mantenía la anterior corporación ni dejó indicación alguna tras las elecciones, lo que originó que por parte del Juzgado se embargaran todas sus cuentas corrientes originando un colapso financiero absoluto con su consiguiente imposibilidad de hacer frente a cualquier pago, situación que, como se decía al principio, tras múltiples trámites, gestiones y recursos se ha solventado en el día de ayer y se hará efectiva en días sucesivos.

La situación anteriormente descrita se podía haber resuelto simplemente si la anterior alcaldesa Isabel Belmonte hubiese velado por el cumplimiento del requerimiento del juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de Vera, donde se pedían la relación de bienes embargables. El plazo de 60 días venció sin contestación por parte de la anterior corporación y como resultado nos hemos encontrado 19 días después de tomar posesión esta corporación con un colapso total del Ayuntamiento no pudiendo pagar a los proveedores en su tiempo, no pudiendo haber pagado el IVA el día 20 de julio, ni poder hacer nada de contrataciones por parte de este Ayuntamiento.

Hemos vivido momentos y días muy difíciles y de gran angustia en el Ayuntamiento y gracias al trabajo de los abogados y de la actual corporación del Ayuntamiento se ha podido resolver en un tiempo rápido para devolver la estabilidad, normalidad y buen funcionamiento de este Ayuntamiento".