Azata reclama más de 2 millones de euros al Ayuntamiento de Carboneras por los terrenos de El Algarrobico




ALMERÍA HOY / 10·12·2018

Azata del Sol, la promotora del hotel de El Algarrobico, ha remitido un escrito al Ayuntamiento de Carboneras, consultado por este medio, donde reitera su reclamación económica al Consistorio a cuenta de la compraventa de las parcelas municipales P-4a y P-4b del proyecto de compensación del sector ST-1 'El Algarrobico'; una reclamación económica que asciende a 1.680.000 euros más intereses, daños y perjuicios, lo que hace presumir que la reclamación superará ampliamente los dos millones de euros.

Así, Azata expone que, en caso de que el Ayuntamiento carbonero no abone la cantidad reclamada, puede incurrir en un «enriquecimiento injusto».

Desde la promotora recuerdan que el contrato tenía por objeto la adquisición de la propiedad de las parcelas para desarrollarlas urbanisticamente en los términos previstos en el planeamiento y llevar a cabo una promoción inmobiliaria de uso residencial destinada a la venta de viviendas en el mercado. Por su parte, para el Ayuntamiento de Carboneras, el contrato tenía por objeto la obtención de una contraprestación dineraria fijada atendiendo al valor que se podría obtener en el mercado por la enajenación de las viviendas que debían ser construidas por el promotor.

Así, Azata subraya que «tales circunstancias y condiciones urbanísticas, que fueron consideradas básicas por Azata y el Ayuntamiento de Carboneras para la celebración de la transacción, han desaparecido como consecuencia de la sentencia, de 10 de febrero de 2016, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con lo que ha resultado frustrado el fin o causa del contrato de forma definitiva».

En ese sentido, remarca que «las consecuencias jurídicas derivadas de la citada sentencia implican, no sólo que no se puede materializar el aprovechamiento lucrativo y la edificabilidad de uso residencial que fue tomada en consideración por las partes para la valoración de los terrenos enajenados (pese a que fue considerada como un elemento esencial para la celebración de la compraventa), sino que, además, el
Ayuntamiento de Carboneras ni siquiera contaría con un título jurídico válido que le amparara en la transmisión de los terrenos a favor de Azata. Y ello porque, según las conclusiones alcanzadas por el Tribunal Supremo en la Sentencia de 10 de febrero de 2016, el Proyecto de Compensación en el que se contemplaba la existencia y la adjudicación de la Parcela Resultante 4 a favor del Ayuntamiento de Carboneras deviene ineficaz».

Por último, expone que el propio objeto del contrato ha devenido inexistente ab origine, por cuanto la realidad jurídica de las parcelas vendidas por el Ayuntamiento de Carboneras a Azata ha desaparecido como consecuencia de los pronunciamientos judiciales sobre la ejecución del planeamiento urbanístico. Por tanto, «al haber abonado la promotora el precio de 1.680.000,00 euros al Ayuntamiento de Carboneras por las dos fincas objeto de la compraventa, dicho precio debe ser objeto de restitución, así como los demás gastos, frutos y/o intereses, y demás daños y perjuicios sufridos por AZATA, so pena de producirse un enriquecimiento injusto a favor del Ayuntamiento».