Contratan a empresario del Poniente para cobrar el seguro de un accidente y se queda con la 'pasta'

Para cubrirse las espaldas, había elaborado documentos de cobro que llegaron a ser firmados por una de las dos víctimas




ALMERÍA HOY / 08·06·2018

El Juzgado de lo Penal 5 de Almería ha condenado a R.A.F., administrador de una empresa ubicada en Vícar y dedicada a gestionar cobros de indemnizaciones, por delitos de apropiación indebida y falsedad en documento mercantil a penas que suman un año de cárcel y multa durante seis meses a razón de tres euros diarios después de que se quedase con unos 14.525 euros de unos clientes —una pareja— que contrataron sus servicios.

La sentencia, consultada por ALMERÍA HOY, estima como hechos probados que tras sufrir un accidente de tráfico el 23 de noviembre de 2012, la víctima contrató —29 de noviembre de aquel año— los servicios de la empresa Global Indemnizaciones S.L., para que gestionase el cobro de las indemnizaciones que correspondieran con cargo al seguro que tenían con la entidad AXA.

Fruto del expediente tramitado por la aseguradora, a la víctima le correspondió una indemnización de 7.109,65 euros, y a su esposa otra por valor de 5.916,25 euros. Igualmente, en concepto de cobertura legal a la que también tenían derecho por el seguro contratado, AXA les concedió los pagos de las cantidades de 858,60 y 641,94 euros respectivamente.

«Las cantidades fueron abonadas por AXA en la cuenta de Global Indemnizaciones S.L. y retiradas en efectivo el 11 de noviembre de 2013 por R.A.F., dado que el mismo tenía acceso total. Con ánimo de beneficiarse ilícitamente a costa de lo ajeno, incorporó ese dinero a su patrimonio en vez de entregárselo a los perjudicados».

Pero no acaba ahí la cosa. «En previsión de que reclamaran dichas cantidades, el acusado confeccionó dos documentos haciendo constar que los lesionados habían recibido la totalidad del dinero que les correspondía. Aunque dicho pago no se había producido, la esposa de la víctima firmó el suyo confiando en las palabras del acusado de que era un trámite que debían hacer para el cobro. Por otra parte, como el denunciante se encontraba fuera de España, el acusado imitó su firma para obtener un resguardo que le protegiese de cualquier reclamación» futura.

El acusado ha hecho pago de las cantidades indebidamente recibidas, y las víctimas no reclaman nada más.