El Ayuntamiento recurre la multa por opacidad

La edil de Contratación afirma que la resolución, tras la queja de UGT, «no contempla ni prevé ningún tipo de sanción al Consistorio al carecer de competencia sancionadora»




ALMERÍA HOY / 09·01·2018

Tras el anuncio de apertura de un expediente sancionador contra el Ayuntamiento de Almería por no facilitar información relativa a adjudicaciones, el Consistorio almeriese, a través del Área de Presidencia, ha presentado copia que confirma que se envió la información solicitada al Consejo de Transparencia, y anuncia que presentará un recurso de Reposición «al existir una discrepancia respecto a la legislación con la que debería ser resuelta la solicitud formulada por el sindicato UGT al Ayuntamiento, y que ha dado origen a la resolución del citado consejo», afirma la concejala de Economía y Contratación, María Vázquez.

La resolución se dicta en relación con la solicitud de información sobre adjudicaciones y prórrogas de contratos administrativos presentada por Ascensión Requena Ramos, en representación de la Federación de Servicios Públicos del sindicato Unión General de Trabajadores, «petición que fue contestada por el Ayuntamiento de Almería y trasladada al director del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, con sede en Sevilla, mediante escrito del entonces concejal delegado de Presidencia, Manuel Guzmán, de fecha 18 de abril de 2017, que tuvo entrada en dicho órgano el día 5 de mayo de 2017», indica Vázquez.

A dicho escrito se le adjuntaba otro de la concejala delegada de Organización y Función Pública, Lola de Haro, en el que, por las razones que en el mismo se indican, «se denegaba el acceso a esa información al tratarse de una organización sindical y no encontrar amparo dicha solicitud en el marco de la legislación que específicamente regula los derechos de dicha organización en el ejercicio de sus funciones sindicales, y que se contiene en el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica de Libertad Sindical y el propio Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Almería».

María Vázquez quiere dejar claro que la resolución del Consejo «no contempla ni prevé ningún tipo de sanción para el Ayuntamiento de Almería, ya que, como el propio Consejo indica en su Resolución de 20 de diciembre de 2017, Fundamento Jurídico 7º, “no corresponde a este Consejo, por carecer de competencia sancionadora, determinar la responsabilidad» que se derive, sino «sólo instar que el procedimiento administrativo sea iniciado por el propio Ayuntamiento en los términos que propone».

Es más, concluye la edil, «el propio Consejo ofrece la posibilidad de que su resolución sea impugnada, por discrepar de su contenido, y, en consecuencia, otorga al Ayuntamiento de Almería la opción de presentar, en el plazo de un mes, un recurso de Reposición frente a ella o acudir directamente ante los tribunales de justicia, en el plazo de dos meses».

La Resolución está siendo estudiada con detenimiento por los servicios jurídicos municipales, «pero, a la vista de su contenido, será recurrida en Reposición al existir una discrepancia respecto a la legislación con la que debería ser resuelta la solicitud formulada por el mencionado sindicato y servir ello para atender situaciones similares».