La limitación de «artefactos flotantes» en Cabo de Gata no afecta a yates o motos

Cabe recordar las quejas suscitadas por diferentes colectivos después de que el pasado año se incrementara notablemente el número de yates, motos acuáticas y otras embarcaciones de recreo que fondeaban frente a las emblemáticas calas




EUROPA PRESS / 21·06·2017

La Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Níjar han precisado que la limitación al número de artefactos flotantes en las playas del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar entre la playa de los Genoveses y Cala Carbón hasta el 17 de septiembre, no afecta a las embarcaciones a motor tales como yates o motos acuáticas, sino que tiene como fin regular actividades de recreo que se realizan a través de piraguas, kayaks o paddle surf, entre otras de similar naturaleza.

Fuentes de ambas administraciones han indicado que se mantienen contactos con la Dirección General de Costas y Capitanía Marítima para «hacer que se cumpla la normativa en materia de navegación marítima», así como para acordar cambios en las cartas náuticas de la zona que reubiquen las áreas de fondeo, si bien estas negociaciones son paralelas a las medidas adoptadas este ejercicio de cara a preservar las condiciones del parque.

Cabe recordar las quejas suscitadas por diferentes colectivos después de que el pasado año se incrementara notablemente el número de yates, motos acuáticas y otras embarcaciones de recreo que fondeaban frente a las emblemáticas calas.

No obstante, la resolución de la Junta por la que se restringe a cinco el número de artefactos flotantes que pueden estar sin autorización expresa agrupados en un círculo de 20 metros cuadrados en zonas del litoral está destinado a regular las actividades recreativas que se realizan por parte de empresas especializadas y de ocio para evitar prácticas «ilegales» o la aparición de operadores sin licencia.

El Gobierno andaluz apuntó la constatación del aumento de grupos de artefactos flotantes no sujetos a una regulación específica en áreas del litoral, «produciendo aglomeraciones en áreas especialmente sensibles y que suponen un riesgo para la conservación de las especies marinas propias del área intermareal además de una degradación de los valores estéticos y paisajísticos propios de estas áreas».

Desde el Ayuntamiento de Níjar han apuntado que actualmente son 15 las empresas que cuentan con una autorización de la Junta y del Consistorio para la realización de excursiones con una limitación de 15 embarcaciones por entidad. Asimismo, se va a disponer de un total de tres zonas de varado temporal en La Fabriquilla —en la zona de Poniente—, El Cuervo y el embarcadero de Los Escullos —en el Levante— para la ubicación de los artefactos y el establecimiento de canales de salida y entrada reglamentados durante el verano.

El Consistorio ha recordado que en su ordenanza de playas, que se encuentra en periodo de exposición pública y pendiente de aprobación definitiva para su entrada de vigor, se regulan este tipo de actividades comerciales y se limitan los alquileres de embarcaciones, lo que incluye además la actividad de motos acuáticas o 'bananas'.

En concreto, la ordenanza recoge explícitamente que «quedan prohibidas las actividades comerciales motonáuticas como el alquiler de motos acuáticas, el parasailing o la banana náutica», al tiempo que advierte de que el Ayuntamiento «podrá limitar las actividades náuticas que supongan intensidad, peligrosidad y rentabilidad mediante criterios que aseguren la no saturación de los canales para el uso público en condiciones de seguridad».