El alcalde de Partaloa se niega a dimitir pese a estar inhabilitado por prevaricación

Peñuela ha sido condenado por su participación en el cese del exinterventor municipal cuando formaba parte del anterior equipo de gobierno bajo las siglas del PSOE


Ayuntamiento de Partaloa.

EUROPA PRESS / 02·05·2017

El alcalde de Partaloa, el independiente Antonio Peñuela, ha indicado este martes que va a «agotar todas las vías» de recurso tras la sentencia que le condena en firme a siete años de inhabilitación por prevaricación, y ha asegurado que la convocatoria de un pleno para formalizar su marcha en ejecución de ese fallo «va a tardar bastante». «No contemplamos esa opción ahora mismo», ha expresado el regidor en alusión a una eventual dimisión de su cargo.

Peñuela, quien concurrió a las últimas elecciones por la Agrupación de Electores de Partaloa, ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Almería por su participación en el cese del exsecretario-interventor municipal en septiembre de 2011, cuando formaba parte del anterior equipo de gobierno bajo las siglas del PSOE —en coalición con el PP— «sin incoar ningún expediente administrativo» y «a sabiendas de que carecía de competencia» para ello.

El alcalde, quien ha precisado que aún no se le ha notificado la resolución que revoca el fallo absolutorio que dictó el Juzgado de lo Penal 4, que sólo condenó entonces al exconcejal socialista y exregidor Federico Molina, ha trasladado que la sentencia es «firme en procedimiento ordinario», pero que el ordenamiento jurídico «aún prevé recursos extraordinarios ante el Tribunal Supremo y de amparo ante el Tribunal Constitucional».

«Por supuesto que los presentaremos y agotaremos todas las vías porque, pese a la voluntad de la oposición, las cosas hay que hacerlas como se debe», ha concluido.

El fallo de la Audiencia Provincial, que condena también a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al actual concejal de la Agrupación de Electores y exedil socialista Enrique Montalvo, señala que los tres acusados dictaron un acto o resolución administrativa «con conocimiento y a sabiendas» de que con ella «llevaban a cabo el cese efectivo del secretario-interventor Mario Callejón Berenguel» pese a que dicho cese «se iba a realizar sin respetar el procedimiento legalmente establecido».

El tribunal de la Sección Segunda remarca que el acuerdo que se adoptó por parte de los exediles y su contradicción con el derecho «es tan patente como grosera, desbordando la legalidad de un modo evidente y clamoroso, suponiendo un ejercicio arbitrario del poder que desvela ser producto de su mera voluntad que es convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad».