Dos años de cárcel por rociar con desodorante y dar una paliza al presidente de una asociación

P.L.V., de 31 años, ha reconocido que, a las 21.00 horas del 26 de agosto de 2014, acudió a la nave de usos múltiples del Ayuntamiento de El Ejido


Audiencia Provincial de Almería.

EUROPA PRESS / 04·04·2017

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un joven que en agosto de 2014 propinó una paliza al presidente de una asociación musical de El Ejido tras rociarle el rostro con un spray desodorante.

El acusado ha mostrado conformidad en el acto de juicio con la pena interesada por el fiscal, que ha modificado su calificación provisional de los hechos como un delito de lesiones agravadas por el que pedía cuatro años de cárcel, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

P.L.V., de 31 años, ha reconocido que, a las 21.00 horas del 26 de agosto de 2014, acudió a la nave de usos múltiples del Ayuntamiento de El Ejido, usada normalmente como sede para el ensayo de la asociación músico cultural 'Amasal'.

Una vez allí, sin mediar palabra, y con «ánimo de menoscabar la integridad física» del agredido, roció la cara del presidente de la asociación, de 32 años, con un spray desodorante al tiempo que le propinaba «varios golpes y puñetazos» tanto en el rostro como en el cuerpo.

A consecuencia del ataque, la víctima sufrió traumatismo en el hombro izquierdo con limitación de la movilidad por dolor, herida inciso-contusa en el frontal derecho con puntos de sutura, contusión en el ojo derecho, y fractura parcial de ambos incisivos superiores, por lo que precisó tratamiento médico y necesitó 14 días para curar de sus lesiones.

Además, sufre un perjuicio estético con una cicatriz en el rostro de tres centímetros de longitud, por lo que deberá indemnizarle con 840 euros por las lesiones y con 811,68 por las secuelas.

La Audiencia Provincial ha acordado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad durante dos años a condición de que no delinca en este plazo de tiempo y le prohíbe acercarse al agredido a una distancia inferior a 500 metros durante dos años.