Condenados una madre y su hijo que provocaron un incendio forestal en Lucainena quemando rastrojos

El juez impone a la madre y al hijo seis meses de prisión a cada uno así como una multa de medio año a razón de dos euros diarios, así como al pago de indemnizaciones por los desperfectos


Imagen de archivo.

EUROPA PRESS / 26·02·2017

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a una madre y a su hijo por un delito de incendio de masa forestal por imprudencia grave que tuvo lugar en Lucainena de las Torres donde, debido a una quema incontrolada de rastrojos para la que no habían solicitado permiso previo, ardieron unas 15,32 hectáreas de terreno que afectaron a las parcelas de algunos particulares.

El juez impone a la madre y al hijo seis meses de prisión a cada uno así como una multa de medio año a razón de dos euros diarios, así como al pago de indemnizaciones por los desperfectos ocasionados a los dueños de diez parcelas. Igualmente, según la sentencia, les obliga a abonar 3.232,75 euros a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía por los costes derivados de la extinción del fuego.

Los hechos tuvieron lugar el 16 de febrero de 2014, cuando la familia se encontraba en una finca rústica de su propiedad ubicada en un paraje de Lucainena y la madre y su hijo «decidieron realizar una quema de rastrojos en tal zona» pese a que carecían de permiso previo.

Así, «siendo conscientes del impacto ambiental que podía tener tal conducta» y «realizando la quema de forma atrevida y falta de diligencia mínimamente exigible», provocaron un incendio que se vio avivado por el viento que soplaba esa mañana. Las llamas devoraron varias fincas y causaron desperfectos en ellas, si bien los propietarios de alguna de ellas rechazaron ser indemnizados pese a que se produjeron daños por encima de los 6.000 euros.

El juez Manuel José Rey absuelve, por otra parte, al hijo menor de la mujer al no haber quedado acreditada su participación en los hechos a partir de las declaraciones de los involucrados, de los agentes actuantes y de los testigos, toda vez que la defensa alegó que el joven se hallaba en unos bancales y acudió hasta el lugar cuando fue advertido del incendio. Sobre el fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.