A juicio dos promotores acusados de construir en Oria cinco casas sin licencia y en suelo no urbanizable

Los afectados, cinco británicos con residencia en la localidad, se enfrentan a la demolición de las viviendas que adquirieron hace una década en el marco de un procedimiento penal contra los promotores


Derribo de una vivienda ilegal en la comarca del Almanzora.
EUROPA PRESS / 01·10·2015

Cinco ciudadanos británicos con residencia en Oria se enfrentan este viernes a la demolición de las viviendas unifamiliares que adquirieron hace más de diez años en el marco de un procedimiento penal contra los promotores de las edificaciones, para quienes la Fiscalía interesa penas de prisión y multa como presuntos autores de delitos contra la ordenación del territorio.

Las casas, localizadas en la Rambla de Oria, fueron promovidas y construidas supuestamente sin licencia municipal de obras y sobre suelo calificado como no urbanizable, por lo que el Ministerio Público considera que no son autorizables e interesa su derribo para, de este modo, restaurar la legalidad alterada.

En la vista oral, el Ministerio Público va a solicitar, asimismo, que ambos promotores, uno de nacionalidad española y el otro de origen británico, corran tanto con los gastos de la demolición como con las indemnizaciones a los compradores en la cuantía de la cantidad pagada y gastos satisfechos.

El juicio fue aplazado en enero después de que los letrados que representan a los ciudadanos británicos presentaran un incidente de nulidad de actuaciones argumentando que no había ofrecimiento de actuaciones a sus patrocinados y no se les había dado traslado de las actuaciones para formular acusación y proponer prueba en la fase intermedia del procedimiento.

El abogado Gerardo Vázquez, quien defiende los intereses de un matrimonio septuagenario con «graves problemas de salud», remarcó la situación de «indefensión» en la que están los perjudicados y apuntaba a una «posible responsabilidad del Ayuntamiento de Oria que no habían podido alegar y sustentar al no haber sido parte en el procedimiento».