El Juzgado de lo Mercantil sentencia a la entidad a eliminar las disposiciones del préstamo hipotecario firmado con uno de sus trabajadores
EUROPA PRESS / 17·04·2015
El Juzgado de lo Mercantil de Almería ha condenado a Bankia a eliminar «por abusivas» las cláusulas del préstamo hipotecario firmado por la entidad con uno de sus trabajadores. La sentencia obliga a Bankia a devolver la cantidad resultante del exceso de intereses cobrado, además de «recalcular» las cuotas y tipos de interés.
Las escritura, firmada en 2005 cuando la entidad aún se llamaba Bancaja, recogía que, una vez se extinguiese la relación laboral, las condiciones del préstamo cambiarían a otras no estipuladas en el Reglamento de Beneficios Sociales para empleados, así como en el Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro, pero cuando el demandante tuvo que salir de la entidad por un expediente de regulación de empleo (ERE), la cuota llegó a subir «ilegalmente» hasta un 30%.
Según explica en un comunicado el despacho de abogados Martínez-Echevarría, que califica la resolución de «ejemplar», Bankia pretendió que, una vez extinguida la relación laboral, «no sólo se eliminaran los beneficios y ventajas de los que disfrutaba el trabajador, sino que dicho préstamo se rigiera por el Índice CECA, el más alto del mercado», pasando de «710,50 euros mensuales a 1.083,05 euros mensuales».
La sentencia del magistrado Leandro Blanco recoge que la extinción laboral «vino motivada por un ERE al que se vio abocado el demandante como consecuencia del proceso de reestructuración bancaria y de la absorción de Bancaja por Bankia», y remarca que «las condiciones de la resolución deberían ser las previstas en el convenio colectivo».
Las escritura, firmada en 2005 cuando la entidad aún se llamaba Bancaja, recogía que, una vez se extinguiese la relación laboral, las condiciones del préstamo cambiarían a otras no estipuladas en el Reglamento de Beneficios Sociales para empleados, así como en el Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorro, pero cuando el demandante tuvo que salir de la entidad por un expediente de regulación de empleo (ERE), la cuota llegó a subir «ilegalmente» hasta un 30%.
Según explica en un comunicado el despacho de abogados Martínez-Echevarría, que califica la resolución de «ejemplar», Bankia pretendió que, una vez extinguida la relación laboral, «no sólo se eliminaran los beneficios y ventajas de los que disfrutaba el trabajador, sino que dicho préstamo se rigiera por el Índice CECA, el más alto del mercado», pasando de «710,50 euros mensuales a 1.083,05 euros mensuales».
La sentencia del magistrado Leandro Blanco recoge que la extinción laboral «vino motivada por un ERE al que se vio abocado el demandante como consecuencia del proceso de reestructuración bancaria y de la absorción de Bancaja por Bankia», y remarca que «las condiciones de la resolución deberían ser las previstas en el convenio colectivo».